CodalSearch this book — or all of Codal…⌘K
nydus/LeviathanPublic
EspañolEnglish
Page 21 of 52
Table of Contents

CAPÍTULO XVI. DE LAS PERSONAS, AUTORES Y COSAS PERSONIFICADAS

Una persona Qué

UNA PERSONA es aquella «cuyas palabras o acciones son consideradas, o bien como suyas propias, o bien como representación de las palabras o acciones de otro hombre, o de cualquier otra cosa a la que son atribuidas, ya sea con verdad o por ficción».

Persona Natural, Y Artificial

When they are considered as his owne, then is he called a Naturall Person:

And when they are considered as representing the words and actions of an other, then is he a Feigned or Artificiall person.

La palabra Persona, de dónde

La palabra Persona es latina; en lugar de la cual los griegos tienen Prosopon, que significa el Rostro, así como Persona en latín significa el Disfraz o la Apariencia Exterior de un hombre, fingida en el Teatro; y a veces más particularmente aquella parte del mismo que disfraza el rostro, como una Máscara o Visera: Y del Teatro ha sido trasladada a cualquier Representante de la palabra y de la acción, tanto en los Tribunales como en los Teatros.

De modo que una Persona es lo mismo que un Actor, tanto en el Teatro como en la Conversación común; y Personificar es Actuar, o Representarse a sí mismo o a otro; y se dice que aquel que actúa a otro lleva su Persona, o actúa en su nombre; (en cuyo sentido la usa Cicerón cuando dice,

“Unus Sustineo Tres Personas; Mei, Adversarii, & Judicis, Llevo tres Personas; la mía, la de mi Adversario y la del Juez;”)

y es llamado de diversas maneras en diversas ocasiones; como Representante, o Representante [Representative], Lugarteniente, Vicario, Apoderado, Diputado, Procurador, Actor y cosas por el estilo.

* Actor, * Autor; * Autoridad

De las Personas Artificiales, algunas tienen sus palabras y acciones Asumidas por aquellos a quienes representan. Y entonces la Persona es el Actor; y aquel que asume sus palabras y acciones es el AUTOR: En cuyo caso el Actor actúa por Autoridad.

Pues aquello que al hablar de bienes y posesiones es llamado Propietario, y en latín Dominus, en griego Kurios; al hablar de Acciones, es llamado Autor. Y así como el Derecho de posesión es llamado Dominio, así el Derecho de hacer cualquier Acción es llamado AUTORIDAD.

De modo que por Autoridad se entiende siempre un Derecho a hacer cualquier acto: y Hecho Por Autoridad, hecho por Comisión o Licencia de aquel a quien pertenece tal derecho.

# Covenants By Authority, Bind The Author

De aquí se sigue que, cuando el Actor hace un Pacto por Autoridad, obliga con ello al Autor, no menos que si lo hubiera hecho él mismo, y no menos lo somete a todas las consecuencias del mismo.

Y por tanto todo lo que se ha dicho anteriormente (Cap. 14) de la naturaleza de los Pactos entre hombre y hombre en su capacidad natural, es verdad también cuando son hechos por sus Actores, Representantes o Procuradores, que tienen autoridad de ellos, en la medida en que esté en su Comisión, pero no más allá.

Y por tanto, aquel que hace un Pacto con el Actor, o Representante, sin conocer la Autoridad que tiene, lo hace bajo su propio riesgo. Pues ningún hombre está obligado por un Pacto del cual no es Autor; ni consecuentemente por un Pacto hecho en contra, o más allá de la Autoridad que dio.

Pero no el actor

Cuando el Actor hace alguna cosa contra la Ley de Naturaleza por mandato del Autor, si está obligado por un pacto anterior a obedecerle, no él, sino el Autor quebranta la Ley de Naturaleza: pues aunque la acción sea contra la Ley de Naturaleza, no es suya; sino al contrario, negarse a hacerla es contra la Ley de Naturaleza, que prohíbe quebrantar el pacto.

# The Authority Is To Be Shewne

Y el que hace un Pacto con el Autor, por mediación del Actor, sin saber qué Autoridad tiene, sino que solo toma su palabra; en caso de que dicha Autoridad no le sea manifestada previa solicitud, ya no está obligado:

Porque el Pacto hecho con el Autor no es válido sin su contra-garantía. Pero si aquel que así pacta sabía de antemano que no debía esperar otra garantía que la palabra del Actor, entonces el Pacto es válido; porque el Actor en este caso se hace a sí mismo el Autor.

Y por tanto, así como cuando la Autoridad es evidente, el Pacto obliga al Autor, no al Actor; así también, cuando la Autoridad es fingida, obliga únicamente al Actor, no habiendo más Autor que él mismo.

Cosas Personificadas, Inanimadas

Hay pocas cosas que sean incapaces de ser representadas por la Ficción.

Las cosas inanimadas, como una Iglesia, un Hospital, un Puente, pueden ser Personificadas por un Rector, un Maestro o un Supervisor. Pero las cosas inanimadas no pueden ser Autores, ni por lo tanto dar Autoridad a sus Actores: sin embargo, los actores pueden tener Autoridad para procurar su mantenimiento, otorgada por aquellos que son Propietarios o Gobernantes de esas cosas. Y, por tanto, tales cosas no pueden ser Personificadas antes de que exista algún estado de Gobierno Civil.

Irracional

Asimismo, los Niños, Locos y Censores que no tienen uso de Razón, pueden ser Representados por Guardianes o Curadores; pero no pueden ser Autores (durante ese tiempo) de ninguna acción realizada por ellos, por más tiempo que (cuando recuperen el uso de Razón) juzguen la misma razonable.

Sin embargo, durante la Locura, aquel que tiene derecho a gobernarlos puede dar Autoridad al Guardián. Pero esto, a su vez, no tiene lugar sino en un Estado Civil, porque antes de tal estado no hay Dominio de Personas.

Falsos dioses

Un Ídolo, o mera Figuración del cerebro, puede ser Personificado; como lo fueron los dioses de los paganos; los cuales, mediante oficiales que el Estado designaba, eran personificados y poseían propiedades, y otros bienes y derechos que los hombres, de tiempo en tiempo, les dedicaban y consagraban.

Pero los ídolos no pueden ser Autores: porque un Ídolo no es nada. La Autoridad procedía del Estado: y por tanto, antes de la introducción del Gobierno Civil, los dioses de los paganos no podían ser personificados.

# El Dios Verdadero

El Dios verdadero puede ser Personado. Como lo fue; primero, por Moisés; que gobernó a los israelitas (que no eran suyos, sino el pueblo de Dios), no en su propio nombre, con Hoc Dicit Moses; sino en el nombre de Dios, con Hoc Dicit Dominus.

Segundo, por el hijo del hombre, su propio Hijo nuestro Bendito Salvador Jesucristo, que vino a reducir a los judíos, e inducir a todas las naciones al Reino de su Padre; no como por sí mismo, sino como enviado de su Padre.

Y tercero, por el Espíritu Santo, o Consolador, hablando y obrando en los Apóstoles: el cual Espíritu Santo fue un Consolador que no vino de sí mismo; sino que fue enviado, y procedía de ambos.

# Una multitud de hombres, cómo una sola persona

Una Multitud de hombres se hace Una Persona cuando es Representada por un hombre o una Persona; de modo que esto se haga con el consentimiento de cada uno de esa Multitud en particular.

Porque es la Unidad del Representante, no la Unidad de los Representados, la que hace que la Persona sea Una. Y es el Representante quien sustenta la Persona, y una sola Persona: Y la Unidad no puede ser entendida de otro modo en la Multitud.

Every One Is Author

Y porque la Multitud por naturaleza no es Uno, sino Muchos; no pueden ser entendidos como uno; sino como muchos Autores, de todo aquello que su Representante hace, o afirma en su nombre; dando cada hombre autoridad a su Representante común desde sí mismo en particular; y haciéndose responsables de todas las acciones que el Representante hace, en caso de darle Autoridad sin límites:

De otro modo, cuando le imponen límites sobre qué y hasta dónde debe representarlos, ninguno de ellos se hace responsable de más de aquello para lo que le dieron mandato de Actuar.

# Un Actor Puede Ser Muchos Hombres Hechos Uno Por Pluralidad De Voces

Y si el Representante consta de muchos hombres, la voz de la mayoría debe considerarse como la voz de todos ellos.

Pues si el número menor se pronuncia (por ejemplo) en Afirmativo, y el mayor en Negativo, habrá Negativos más que suficientes para destruir a los Afirmativos; y por ello el exceso de Negativos, al quedar sin contradicción, es la única voz que tiene el Representante.

Representantes, * Cuando El Número Es Par, * No Rentable

Y un Representante de número par, especialmente cuando el número no es grande, por lo cual las voces contradictorias son a menudo iguales, es por ello a menudo mudo, e incapaz de Acción.

Sin embargo, en algunos casos, las voces contradictorias iguales en número pueden determinar una cuestión; como al condenar o absolver: la igualdad de votos, aun en eso, al no condenar, absolve; pero no al contrario condenar, en tanto que no absolven. Pues cuando se oye una Causa, no condenar es absolver; mas, por el contrario, decir que no absolver es condenar no es verdadero.

Lo mismo sucede en una deliberación sobre ejecutar en el acto o diferir para otro momento; pues cuando las voces son iguales, el no decretar la Ejecución es un decreto de Dilación.

Negative Voyce

O si el número fuere impar, como tres, o más, (hombres, o asambleas;) en que cada uno tiene por Voz Negativa, autoridad para quitar el efecto de todas las Voces Afirmativas del resto, Este número no es un Representante; porque por la diversidad de Opiniones, e Intereses de los hombres, se vuelve muchas veces, y en casos de la mayor consecuencia, una Persona muda, e inepta, así para muchas otras cosas, como para el gobierno de una Multitud, especialmente en tiempo de Guerra.

De Autores hay dos suertes.

  • El primero simplemente así llamado; al que antes he definido como aquel que asume la Acción de otro simplemente.
  • El segundo es aquel que asume una Acción, o Pacto de otro condicionalmente; es decir, se compromete a hacerla, si el otro no la hace, en un determinado momento, o antes de este.

Y a estos Autores condicionales se les llama generalmente FIADORES, en latín Fidejussores y Sponsores; y en particular por Deuda, Praedes; y por Comparecencia ante un Juez o Magistrado, Vades.

21