Pero si, prescindiendo por el momento de aquella parte de los efectos de la competencia que consiste en mantener los precios altos, fijamos nuestra atención en su efecto de reducirlos, y contemplamos este efecto en relación únicamente con el interés de las clases trabajadoras, parecería que si la competencia mantiene bajos los salarios, y da así un motivo a las clases trabajadoras para sustraer el mercado laboral de la influencia plena de la competencia, si pueden hacerlo, debe por otra parte reconocérsele el mérito de mantener bajos los precios de los artículos en los que se gastan los salarios, en gran beneficio de quienes dependen de los salarios.
Para responder a esta consideración, los socialistas, como dijimos en nuestra cita de M. Louis Blanc, se ven reducidos a afirmar que los precios bajos de las mercancías producidas por la competencia son ilusorios y conducen al fin a precios más altos que antes, porque cuando el competidor más rico se ha deshacho de todos sus rivales, domina el mercado y puede exigir el precio que le plazca.
Ahora bien, la experiencia más común demuestra que este estado de cosas, bajo una competencia verdaderamente libre, es completamente imaginario. El competidor más rico ni se deshace de todos sus rivales ni puede hacerlo, ni se establece en la posesión exclusiva del mercado; y no es cierto que ninguna rama importante de la industria o del comercio que antes estuviera dividida entre muchos se haya convertido, ni muestre tendencia alguna a convertirse, en el monopolio de unos pocos.
El tipo de política descrita es a veces posible donde, como en el caso de los ferrocarriles, la única competencia posible se da entre dos o tres grandes compañías, al ser las operaciones de una escala demasiado vasta como para estar al alcance de capitalistas individuales; y esta es una de las razones por las cuales los negocios que requieren ser llevados a cabo por grandes empresas anónimas no pueden confiarse a la competencia, sino que, cuando el Estado no se los reserva para sí, deben llevarse a cabo bajo condiciones prescritas, y modificadas de vez en cuando por el Estado, con