De la potestad paternal y real
La gran tesis de sir Robert Filmer es que «los hombres no son libres por naturaleza». Este es el cimiento sobre el que se asienta su monarquía absoluta, y desde el cual se eleva a tal altura que su poder está por encima de cualquier poder: caput inter nubila, tan por encima de todas las cosas terrenales y humanas que el pensamiento apenas puede alcanzarlo; tan alto que las promesas y los juramentos, que atan a la Deidad infinita, no pueden confinarlo. Pero si este cimiento falla, todo su edificio se viene abajo con él, y los gobiernos deben quedar de nuevo a la manera antigua de ser creados por el artificio y el consentimiento de los hombres ( Ἀνθρωπίνη κτίσις ) que hacen uso de su razón para unirse en sociedad.
Para probar esta gran posición suya, nos dice, pág. 12: «Los hombres nacen bajo la sujeción de sus padres» y, por lo tanto, no pueden ser libres. Y a esta autoridad de los padres la llama «autoridad real», pág. 12, 14, «autoridad paternal, derecho de paternidad», pág. 12, 20. Uno habría pensado que él, al comienzo de una obra como esta, de la que iba a depender la autoridad de los príncipes y la obediencia de los súbditos, nos habría dicho expresamente qué es esa autoridad paternal, la habría definido, aunque no la hubiera limitado, porque en otros tratados suyos nos dice que es ilimitada e inlímitable; al menos nos debería haber ofrecido una descripción de ella tal que hubiésemos podido formarnos una noción cabal de esta paternidad, o autoridad paternal, cada vez que saliera a nuestro paso en sus escritos: esto esperaba yo encontrar en el primer capítulo de su Patriarcha.
Pero en lugar de ello, habiendo, 1. En passant, hecho su reverencia a los arcana imperii, p. 5. 2. Hecho su cumplido a los «derechos y libertades de esta o cualquier otra nación», p. 6, los cuales va a anular y destruir en el acto; y 3. Hecho una reverencia a aquellos hombres doctos que no veían tan lejos en el asunto como él, p. 7. Se lanza sobre Belarmino, p. 8, y mediante una victoria sobre él, establece su autoridad paternal fuera de toda duda. Derrotado Belarmino por su propia confesión, p. 11, la jornada queda claramente ganada, y ya no hay necesidad de más fuerzas: pues, habiendo hecho eso, no observo que plantee la cuestión, ni reúna argumento alguno para sostener su opinión, sino que más bien nos cuenta la historia, según le parece oportuno, de esta extraña especie de fantasma dominador, llamado la paternidad, que quien pudiera atrapar, obtenía de inmediato el imperio y el poder ilimitado y absoluto.
Él nos enseña cómo esta paternidad comenzó en Adán, continuó su curso y mantuvo el mundo en orden durante todo el tiempo de los patriarcas, hasta el diluvio; salió del arca con Noé y sus hijos, creó y sostuvo a todos los reyes de la tierra hasta el cautiverio de los israelitas en Egipto; y entonces la pobre paternidad estuvo eclipsada, hasta que «Dios, al dar reyes a los israelitas, restableció el antiguo y primordial derecho de la sucesión lineal en el gobierno paternal».
Este es su cometido desde la p. 12 a la 19. Y luego, obviando una objeción y despejando una o dos dificultades con media razón, p. 23, «para confirmar el derecho natural del poder regio», concluye el primer capítulo.
Espero que no sea agravio llamar media cita a media razón; porque Dios dice: «Honra a tu padre y a tu madre»; pero nuestro autor se conforma con la mitad, omite «a tu madre» por completo por ser de poca utilidad para su propósito. Pero de eso hablaremos más en otro lugar.
No pienso que nuestro autor sea tan poco diestro en el modo de escribir discursos de esta naturaleza, ni tan descuidado en el asunto que se trae entre manos, que por descuido cometa la falta que él mismo, en su «Anarquía de una monarquía mixta», pág. 239, le objeta al señor Hunton en estas palabras:
«Donde primero acuso al A. de no habernos dado ninguna definición o descripción de la monarquía en general; pues por las reglas del método primero debería haber definido».
Y por la misma regla del método, sir Robert debió habernos dicho qué es su paternidad, o autoridad paternal, antes de habernos dicho en quién debía ser hallada y de hablar tanto de ella. Pero, tal vez, sir Robert halló que esta autoridad paternal, este poder de los padres y de los reyes —pues los hace a ambos lo mismo, pág. 24—, ofrecería una imagen muy extraña y espantosa, muy desacorde con lo que los hijos imaginan de sus padres o los súbditos de sus reyes, de habernos presentado el boceto entero de una vez, en esa forma gigantesca en que lo había pintado en su propia fantasía; y por tanto, como un médico prudente, cuando quiere que su paciente trague algún licor áspero o corrosivo, lo mezcla con una gran cantidad de aquello que pueda diluirlo, para que las partes dispersas bajen con menor sensación y causen menor aversión.
Procuraremos, pues, averiguar qué explicación da de esta autoridad paternal, tal como se encuentra dispersa en las distintas partes de sus escritos. Y en primer lugar, tal como residía en Adán, dice:
«No solo Adán, sino los patriarcas sucesivos, tuvieron, por derecho de paternidad, autoridad real sobre sus hijos, p. 12. Este señorío que Adán tuvo por mandato sobre todo el mundo, y del que disfrutaron los patriarcas por derecho derivado de él, era tan vasto y amplio como el dominio absoluto de cualquier monarca desde la creación, p. 13. Dominio de vida y muerte, hacer la guerra y concluir la paz, p. 13. Adán y los patriarcas tuvieron poder absoluto de vida y muerte, p. 35. Los reyes, en derecho de padres, suceden en el ejercicio de la jurisdicción suprema, p. 19. Así como el poder real proviene de la ley de Dios, no tiene ninguna ley inferior que lo limite; Adán era señor de todo, p. 40. El padre de familia gobierna por más ley que por su propia voluntad, p. 78. La superioridad de los príncipes está por encima de las leyes, p. 79. La jurisdicción ilimitada de los reyes está ampliamente descrita por Samuel, p. 80. Los reyes están por encima de las leyes», p. 93.
Y con este fin véase mucho más, que nuestro A. expone en palabras de Bodino:
“Es cierto que todas las leyes, privilegios y concesiones de los príncipes no tienen fuerza sino durante su vida, si no son ratificados por el consentimiento expreso, o por la tolerancia del príncipe siguiente, especialmente los privilegios, O. p. 279.
La razón por la cual las leyes también han sido hechas por los reyes fue esta: cuando los reyes estaban ocupados en guerras, o distraídos con los cuidados públicos, de modo que cada hombre en particular no podía tener acceso a sus personas para conocer su voluntad y agrado, entonces fueron inventadas las leyes por necesidad, para que cada súbdito en particular pudiera hallar el agrado de su príncipe descifrado para él en las tablas de sus leyes, p. 92.
- En una monarquía, el rey debe por necesidad estar por encima de las leyes, p. 100.
- Un reino perfecto es aquel en el que el rey lo rige todo según su propia voluntad, p. 100.
- Ni las leyes comunes ni las estatutarias son, ni pueden ser, ninguna merma de ese poder general que los reyes tienen sobre su pueblo por derecho de paternidad, p. 115.
Adán fue el padre, rey y señor de su familia; un hijo, un súbdito y un sirviente o esclavo eran una y la misma cosa al principio.
El padre tenía el poder de disponer de sus hijos o sirvientes o de venderlos; de ahí que encontremos que, en el primer recuento de bienes en las Escrituras, el siervo y la sierva son enumerados entre las posesiones y la hacienda del propietario, al igual que otros bienes, O. pref.
Dios también le ha dado al padre el derecho o la libertad de enajenar su poder sobre sus hijos dándoselo a cualquier otro; de ahí que encontremos que la venta y el regalo de hijos fueron de uso muy común en el principio del mundo, cuando los hombres tenían a sus sirvientes como posesión y herencia, así como otros bienes; por lo cual encontramos que el poder de castrar y hacer eunucos fue de uso muy común en la antigüedad, O. p. 155.
La ley no es otra cosa que la voluntad de aquel que tiene el poder del padre supremo, O. p. 223.
Fue ordenanza de Dios que la supremacía fuera ilimitada en Adán, y tan vasta como todos los actos de su voluntad; y como en él, así en todos los demás que tienen poder supremo, O. p. 245.
Me he tomado la molestia de importunar a mi lector con estas diversas citas en las propias palabras de nuestro A., para que en ellas pueda verse su propia descripción de su autoridad paternal, tal como se encuentra dispersa a lo largo y ancho de sus escritos, la cual supone él que recayó primero en Adán, y por derecho pertenece a todos los príncipes desde entonces.
Esa autoridad paternal, pues, o derecho de paternidad, en el sentido de nuestro A., es un derecho de soberanía divino e inalterable, mediante el cual un padre o un príncipe posee un poder absoluto, arbitrario, ilimitado e imitable sobre las vidas, libertades y haciendas de sus hijos y súbditos; de modo que puede tomar o enajenar sus haciendas, vender, castrar o usar de sus personas como le plazca, siendo todos ellos esclavos suyos, y él señor o propietario de todo, y su voluntad desmedida la ley de ellos.
Nuestro A., habiendo depositado un poder tan inmenso en Adán, y sobre esa suposición habiendo fundamentado todo gobierno y todo poder de los príncipes, es razonable esperar que hubiera probado esto con argumentos claros y evidentes, acordes con la gravedad de la causa.
Que, ya que a los hombres no les quedaba otra cosa, pudieran tener en la esclavitud pruebas tan innegables de su necesidad, que sus conciencias se vieran convencidas y obligadas a someterse pacíficamente a ese dominio absoluto que sus gobernantes tenían derecho a ejercer sobre ellos.
Sin esto, ¿qué bien podría hacer nuestro A., o pretender hacer, al erigir un poder tan ilimitado, sino halagar la vanidad natural y la ambición de los hombres, de por sí demasiado proclives a crecer y aumentar con la posesión de cualquier poder?; y, al persuadir a aquellos que, por el consentimiento de sus semejantes, son elevados a grados grandes pero limitados de él, de que por esa porción que se les otorga tienen derecho a todo lo que no lo fue; y que, por lo tanto, pueden hacer lo que les plazca, porque tienen autoridad para hacer más que los demás, y así tentarlos a hacer lo que no es ni para su propio bien, ni para el de aquellos bajo su cuidado; por lo cual no pueden dejar de derivarse grandes males.
Siendo la soberanía de Adán aquello sobre lo cual nuestro autor construye, a modo de base segura, su poderosa monarquía absoluta, yo esperaba que, en su Patriarcha, se hubiera demostrado y establecido esta suposición principal con toda la evidencia de argumentos que un dogma tan fundamental requería; y que esto, de lo cual depende la mayor importancia del asunto, se hubiera demostrado con razones suficientes para justificar la confianza con la que se asumió. Pero, en todo ese tratado, pude encontrar muy poco encaminado en esa dirección; el asunto se da allí tan por sentado, sin prueba alguna, que apenas podía creerme a mí mismo cuando, tras una lectura atenta de dicho tratado, encontré una estructura tan imponente levantada sobre la mera suposición de este cimiento.
Porque apenas es creíble que en un discurso donde pretende refutar el erróneo principio de la libertad natural del hombre, lo haga mediante una mera suposición de la autoridad de Adán, sin ofrecer prueba alguna de dicha autoridad. En verdad, dice con confianza que Adán tenía «autoridad real, pág. 12 y 13. Absoluto señorío y dominio de la vida y de la muerte, pág. 13. Una monarquía universal, pág. 33. Poder absoluto de vida y muerte, pág. 35». Es muy frecuente en tales afirmaciones; pero, lo que es extraño, en todo su Patriarcha no hallo ni el pretexto de una razón para establecer este su gran cimiento del gobierno; nada que se parezca a un argumento, salvo estas palabras: «Para confirmar este derecho natural de poder regio, hallamos en el decálogo que la ley que impone la obediencia a los reyes se enuncia en los términos: Honra a tu padre; como si todo poder estuviera originariamente en el padre».
¿Y por qué no añadir también que, en el decálogo, la ley que manda la obediencia a las reinas se enuncia en los términos de «Honra a tu madre», como si todo el poder residiera originariamente en la madre? El argumento, tal como lo expone sir Robert, sirve tanto para lo uno como para lo otro; pero de esto se hablará más en su debido momento.
Todo lo que observo aquí es que esto es todo lo que nuestro A. dice, en este primero o en cualquiera de los siguientes capítulos, para probar el poder absoluto de Adán, que es su gran principio: y sin embargo, como si allí lo hubiera establecido sobre una demostración segura, comienza su segundo capítulo con estas palabras: «Al cotejar estas pruebas y razones, extraídas de la autoridad de las Escrituras».
Dónde están esas pruebas y razones de la soberanía de Adán, a excepción de la mencionada «Honra a tu padre», confieso que no puedo encontrarlas; a menos que lo que dice en la p. 11: «En estas palabras tenemos una confesión evidente», es decir, de Belarmino, «de que la creación hizo al hombre príncipe de su posteridad», deba tomarse como pruebas y razones extraídas de la Escritura, o como cualquier clase de prueba en absoluto: aunque a partir de ahí, mediante una nueva forma de inferencia, en las palabras inmediatamente siguientes, concluye que la autoridad real de Adán ha quedado suficientemente establecida en él.
Si en ese capítulo, o en cualquier otra parte de todo el tratado, ha dado alguna otra prueba de la autoridad real de Adán, que no sea la de repetirla a menudo, lo cual, entre ciertos hombres, pasa por argumento, pido a cualquiera que me muestre por él el lugar y la página, para que pueda convencerme de mi error y reconocer mi descuido.
Si no se hallan tales argumentos, ruego a aquellos hombres que tanto han alabado este libro que consideren si no están dando motivos al mundo para sospechar que no es la fuerza de la razón y del argumento lo que los inclina hacia la monarquía absoluta, sino algún otro interés particular, y que por ello están decididos a aplaudir a cualquier autor que escriba en favor de esta doctrina, ya la apoye con razones o no.
Pero espero que no esperen que los hombres racionales e imparciales se pasen a su opinión porque este gran doctor de ella, en un discurso hecho a propósito para erigir el poder monárquico absoluto de Adán en oposición a la libertad natural de la humanidad, haya dicho tan poco para probarlo, de lo cual cabe deducir más bien, de manera natural, que hay muy poco que decir.
Mas para no omitir ningún cuidado en informarme del sentido pleno de nuestro autor, consulté sus Observaciones sobre Aristóteles, Hobbes, etc. para ver si en sus disputas con otros empleaba algún argumento en favor de esta su querida tesis de la soberanía de Adán; ya que en su tratado sobre el «poder natural de los reyes» había sido tan parco en ellos. En sus Observaciones sobre el Leviatán del Sr. Hobbes, creo que ha reunido brevemente todos los argumentos a favor de la misma que le he visto utilizar en cualquiera de sus escritos; sus palabras son las siguientes: «Si Dios creó solo Adam, y de un pedazo de él hizo a la mujer, y si por generación a partir de ellos dos, como partes suyas, se propaga todo el género humano; si además Dios dio a Adam no solo el dominio sobre la mujer y los hijos que de ellos descendieran, sino también sobre toda la tierra para sojuzgarla, y sobre todas las criaturas en ella, de modo que mientras Adam vivió, ningún hombre pudo reclamar o disfrutar nada que no fuera por donación, asignación o permiso suyo, me pregunto»; etc. Obs. 165. Aquí tenemos la suma de todos sus argumentos a favor de la soberanía de Adán, y en contra de la libertad natural, que hallo dispersos en sus otros tratados; y son los siguientes: «La creación de Adán por parte de Dios, el dominio que le dio sobre Eva y el dominio que tenía como padre sobre sus hijos»: todo lo cual consideraré en detalle.