CodalSearch this book — or all of Codal…⌘K
nydus/Applied EugenicsPublic
Page 277 of 553
Table of Contents

Capítulo VIII. Deseabilidad de la eugenesia restrictiva

crecimiento parasitario que mina los recursos del contingente de población digno y autosuficiente.

"2. Proporcionan una proporción indebida de casos judiciales y son, por lo tanto, un gasto grave para el condado y el estado.

"3. Son una fuente de decadencia física y contaminación moral y, por lo tanto, amenazan la integridad de todo el tejido social."3

La sociedad ha admitido desde hace mucho tiempo que es conveniente restringir la reproducción de ciertas clases de defectuosos graves y de criminales mediante el método del confinamiento.

El fundamento para esto es a veces biológico, tal vez con mayor frecuencia legal, como en el caso de los dementes y los criminales, en donde se sostiene que el individuo está legalmente incapacitado para celebrar un contrato, como el del matrimonio. Sería mejor que la base biológica de la restricción al matrimonio y a la reproducción fuera reconocida en todos los casos; pero aun con el punto de vista actual se puede alcanzar el fin deseado.

Desde un punto de vista ético, son muy pocas las personas que hoy sostendrían que dos individuos débiles mentales o epilépticos tienen algún «derecho» a casarse y perpetuar su especie, como para que valga la pena debatir el asunto. Creemos que esa misma lógica permitiría que dos individuos se casaran, pero les negaría el privilegio de tener hijos. Las razones de esto pueden considerarse bajo tres apartados.

  1. Biológico. ¿Hay casos en los que las personas puedan casarse legítimamente pero se les pueda impedir legítimamente por la sociedad tener descendencia, bajo el argumento de que dicha descendencia sería un componente indeseable de la raza?

El derecho al matrimonio es comúnmente considerado, y con razón puede considerarse, un derecho inalienable del individuo, en la medida

277