comprenden debidamente. Entre otros estados, Misuri ha considerado recientemente una ley de este tipo, proponiendo que se exija a cada solicitante de una licencia matrimonial presentar un certificado de un médico de reputación, que indique en términos concisos la salud del solicitante y su aptitud para contraer matrimonio. El aviso de solicitud de licencia matrimonial se publicará en un periódico diario tres veces consecutivas, a cargo del condado. Si al expirar un día a partir de la publicación del último aviso no se hubieran presentado cargos ante el registrador que aleguen la ineptitud de los solicitantes para casarse, se concederá la licencia. Si tres personas no emparentadas entre sí por consanguinidad presentan objeciones, basándose en cualquier elemento mencionado en el certificado médico, el caso se llevará ante el tribunal de circuito; si el tribunal acepta la objeción de estas tres personas no emparentadas, se negará la licencia para casarse; si el tribunal desestima la objeción, se concederá la licencia y las costas procesales se cargarán a los opositores.
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Chapter X: Methods of Restriction
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