Volviendo ahora a la discusión de la [sect:73.] secc. 73, introducimos el supuesto de que al principio la distribución espectral de la energía es la normal, correspondiente a la radiación del cuerpo negro. Entonces, de acuerdo con la ley allí demostrada, la radiación conserva esta propiedad sin cambios durante un cambio de volumen adiabático reversible y las leyes derivadas en la [sect:68.] secc. 68 son válidas para el proceso. La radiación posee entonces en cada estado una temperatura definida , que depende del volumen según la ecuación derivada en dicho párrafo, Por consiguiente, ahora podemos escribir la ecuación [eqn:(99)] (99) de la siguiente manera: o Por lo tanto, si para una sola temperatura se conoce la distribución espectral de la radiación del cuerpo negro, es decir, como función de , se puede deducir de ella la dependencia de la función respecto a su argumento y, por tanto, la distribución espectral para cualquier otra temperatura.
Si tenemos también en cuenta la ley demostrada en la [sect:47.] sec. 47, de que, para la radiación negra de una temperatura definida, el producto tiene el mismo valor para todos los medios, podemos escribir asimismo donde ahora la función ya no contiene la velocidad de propagación.