que los asociados de Morgan ejercen una influencia predominante están representadas por depósitos. La dependencia del comercio y la industria respecto de los depósitos bancarios como el reservorio común de capital circulante es tan completa, que la banca de depósitos debería ser reconocida como uno de los negocios «afectados por un interés público». Y la regla general que prohíbe a las corporaciones de servicio público hacer discriminaciones injustas u otorgar preferencias indebidas debería aplicarse a las operaciones de dichos bancos.
El senador Owen, presidente del Comité de Banca y Moneda, dijo recientemente:
“Mi propio criterio es que un banco es una institución de servicio público y no puede tratarse como un asunto privado, por la sencilla razón de que se invita al público, bajo la salvaguarda del gobierno, a depositar su dinero en el banco, y el público tiene derecho a que sus intereses sean resguardados a través de autoridades organizadas. La lógica de esto es ineludible. Todos los bancos de los Estados Unidos, públicos y privados, deben ser tratados como instituciones de servicio público, cuando reciben depósitos públicos”.
Los directores y funcionarios de las instituciones bancarias deben, por supuesto, contar con un amplio margen de discrecionalidad en la concesión o denegación de préstamos. Pero dicha discrecionalidad debe ejercerse no solo con honradez en lo que respecta a los accionistas, sino también con imparcialidad en lo que respecta al público. La mera honradez hacia los accionistas exige que los intereses que los directores deban considerar sean los de todos los accionistas; no el lucro de aquella parte de ellos que casualmente sean sus directores.