Codal
nydus/The History of UsuryPublic
Página 35 de 178
Table of Contents

Capítulo I. Intolerancia contra la usura

Luego pasa a aconsejar cualquier sacrificio, antes que tomar dinero a préstamo con usura.

«Vende tu ganado —dice—, tu vajilla, tus AMONG THE ROMANS. 27 enseres domésticos, tus vestidos; vende cualquier cosa, antes que tu libertad: no caigas jamás en la esclavitud de ese monstruo, la usura».

San Gregorio Nacianceno, obispo de Constantinopla, que fue contemporáneo de San Basilio, junto con muchos otros de los Padres griegos, escribió y predicó en términos similares.

Es digno de notar, sin embargo, que aunque algunos de estos escritores han tratado muy a fondo el tema de la usura, en ninguna parte han definido con exactitud qué es lo que, según sus ideas, constituye el delito de usura; pero como todos parecen condenarla principalmente sobre la base de su inhumanidad, podemos deducir que aquella usura que denunciaban era siempre un acto de opresión o crueldad.

Entre los romanos, el doce por ciento era la tasa establecida por los decenviros, quienes recopilaron las leyes de las Doce Tablas. En Roma, el interés se pagaba cada mes y era del uno por ciento; de ahí que se le llamara usura centesima, porque en cien meses duplicaba el capital; así, al calcular los doce meses, se pagaba un doce por ciento. Esta ley fue abolida posteriormente y el interés quedó bajo una prohibición total; sin embargo, fue revivida más tarde por los tribunos de la plebe, en el año 369 de Roma. Diez años después, el interés se redujo a la mitad de esa suma; pero en el año 411 de Roma, todo interés quedó prohibido por decreto: " Nam prima duodedm tabulis sancitum, ne quis emciario fceruyre amplius exerceret, cwm antea ex lihidme locujpiletivm, agiiarelur : deiii rogatione tribimicid ad se memcias redacta : postremo vetita tisura."^ La

35