Codal
nydus/The History of UsuryPublic
Página 84 de 178
Table of Contents

Chapter IV. Alabama

En marzo de 1759, se aprobó en Georgia la primera ley contra la usura, que permitía un interés del ocho por ciento. Fue derogada en 1822, y se omitió la cláusula de pérdida triple contenida en la ley original.^ Pero en 1845, se aprobó la ley actual y la tasa de interés se fijó en el siete por ciento, † cuando se reserva una cantidad superior a la tasa legal del siete por ciento, el acreedor solo puede recuperar el principal de la deuda, pero no incurre en ninguna pérdida.

En Illinois se aprobó una ley contra la usura en abril de 1833, que permitía un interés de hasta el doce por ciento, mediante acuerdo entre las partes, y del seis por ciento cuando no se mencionaba nada al respecto; pero en 1845 las leyes fueron revisadas y la legislación modificada sustancialmente, desde entonces, en 1853 y 1857, se han aprobado leyes modificatorias que han vuelto a alterar la ley y la dejan en la actualidad de la siguiente manera: Se permite el seis por ciento cuando no hay otra tasa • Thorn. Digest, 234, edition 1847. ^Prince's Digest Laws of Georgia, p. 294, et. seq. edit., 1837; HntchJeiss, 442. By the first section of the Act of 1759, here alluded to, it was declared, that any person taking more than eight per cent., should forfeit trehle the amount of the principaU ^ Cobb's Digest, p. 393, edition 1851.

se acuerda; pero las partes pueden estipular y acordar una tasa de hasta el diez por ciento en todos los contratos, escritos o verbales; y en los préstamos municipales de fondos escolares, se puede cobrar el doce por ciento. Un acuerdo no se anula por la reserva de intereses usurarios, pero cuando ese hecho consta en cualquier demanda, el acreedor solo puede obtener sentencia por el monto del capital adeudado; sin embargo, ninguna corporación puede interponer la defensa de usura en ningún juicio.-' En Indiana, según el Estatuto de 1831, se podía cobrar cualquier tasa de interés que se hubiera estipulado por escrito; pero el Estatuto de 1838,

84