En el siglo XIV, bajo los tres Eduardos, el cobro de intereses era un delito perseguible de oficio y Eduardo III lo convirtió en un crimen castigado con la pena de muerte.
En el siglo XV, bajo Enrique VII, la pena se fijó en cien libras y se añadió la pena de la Iglesia, que era la excomunión.
El fiscal general Noy, en el reinado de Jacobo I, pensaba que tomar dinero por usura no era mejor que quitarle la vida a un hombre. Dijo:
"Los usureros están bien catalogados junto a los asesinos".
En el siglo XVI, bajo Enrique VIII, se decretó que todo interés superior al diez por ciento era ilegal. Una cantidad menor no era exigible por ley, pero no constituía un delito punible.
Eduardo VI restableció las viejas leyes que condenaban todo interés.
María I, a continuación, ejecutó estas leyes con extrema severidad.
Isabel restauró las leyes de Enrique VIII, en las cuales la usura inferior al diez por ciento no era un delito punible. Este edicto de Isabel añade:
"En la interpretación de la ley, esta será interpretada de manera amplia y firme para la represión de la usura."
Esta ley de Enrique VIII y de Isabel, con el tipo de interés reducido, fue el derecho estatutario de Inglaterra hasta 1854, año en que se abogaron todas las leyes contra la usura.
En 1694 Guillermo y María II celebraron un contrato para asegurar un préstamo permanente y comprometieron al reino a pagar intereses sobre este para siempre.
El préstamo marcó un punto de inflexión en la mentalidad popular con respecto a la usura. Como fue aprobado en su momento de necesidad