les permitirá realizar negocios el domingo si así lo desean.
“Octavo: los firmantes del tratado, o cualquier minoría que pueda verse afectada por el incumplimiento de sus disposiciones, tendrán derecho a presentar quejas para su resolución ante la Sociedad de Naciones, la cual asumirá la jurisdicción.” (New York Tribune, 12 de junio de 1919.)
Esta Declaración de Derechos fue rotundamente respaldada por el Congreso Judío Estadounidense celebrado en Filadelfia en diciembre de 1918. Citamos un artículo del New York Tribune del 14 de mayo de 1919 sobre este tema:
“LAS NACIONES DEBEN GARANTIZAR LOS DERECHOS RACIALES, AFIRMA MACK.
“PRESIDENTE DE LA DELEGACIÓN JUDÍA EN PARÍS CABLEGRAFÍA LOS RESULTADOS DE SUS ESFUERZOS.
“Según un cable recibido por la Organización Sionista de América de su presidente, el juez Julian W. Mack, quien se encuentra ahora en París,