Del New York Packet. Miércoles, 9 de enero de 1788
HAMILTON
Al Pueblo del Estado de Nueva York:
El poder de reglamentar la milicia y de mandar sus servicios en tiempos de insurrección e invasión son incidentes naturales de los deberes de superintendencia de la defensa común y de velar por la paz interna de la Confederación.
No se requiere ningún conocimiento en la ciencia de la guerra para discernir que la uniformidad en la organización y la disciplina de la milicia iría acompañada de los efectos más beneficiosos, siempre que fuera llamada al servicio para la defensa pública. Le permitiría cumplir con los deberes del campamento y del campo con inteligencia y coordinación mutuas, una ventaja de trascendencia singular en las operaciones de un ejército; y la prepararía mucho antes para adquirir el grado de competencia en las funciones militares que sería indispensable para su utilidad. Esta deseable uniformidad solo puede lograrse confiando la reglamentación de la milicia a la dirección de la autoridad nacional. Es, por tanto, con la más evidente propiedad, que el plan de la convención propone facultar a la Unión "para prever la organización, el armamento y la disciplina de la milicia, y para gobernar la parte de ella que se emplee en el servicio de los Estados Unidos, RESERVANDO A LOS ESTADOS RESPECTIVAMENTE EL NOMBRAMIENTO DE LOS OFICIALES Y LA AUTORIDAD DE ADIESTRAR A LA MILICIA CONFORME A LA DISCIPLINA PRESCRITA POR EL CONGRESO".
De los diferentes argumentos que se han esgrimido en oposición al plan de la convención, no hay ninguno que fuera tan poco de esperar, ni que sea tan indefendible en sí mismo, como aquel desde el cual se ha atacado esta disposición en particular.
Si una milicia bien regulada es la defensa más natural de un país libre, debe estar ciertamente bajo la reglamentación y a disposición de aquel cuerpo que está constituido como custodio de la seguridad nacional.
Si los ejércitos permanentes son peligrosos para la libertad, un poder eficaz sobre la milicia, en el órgano a cuyo cuidado está encomendada la protección del Estado, debe, en la medida de lo posible, eliminar el incentivo y el pretexto para tales instituciones hostiles.
Si el gobierno federal puede requerir el auxilio de la milicia en aquellas emergencias que exigen el brazo militar en apoyo de la autoridad civil, podrá prescindir con mayor razón del empleo de un género diferente de fuerza. Si no puede valerse de la primera, se verá obligado a recurrir a la segunda.
Hacer innecesario a un ejército será un método más seguro para prevenir su existencia que mil prohibiciones sobre el papel.
Para desacreditar la facultad de convocar a la milicia con el fin de ejecutar las leyes de la Unión, se ha señalado que en ninguna parte de la Constitución propuesta existe disposición alguna para convocar al POSSE COMITATUS, a fin de auxiliar al magistrado en el cumplimiento de su deber, de donde se ha inferido que se pretendía que la fuerza militar fuera su único auxilio.
Hay una incoherencia notable en las objeciones que han aparecido, y a veces incluso provenientes del mismo sector, poco propicias para inspirar una opinión muy favorable sobre la sinceridad o la buena fe de sus autores. Las mismas personas que nos dicen en un soplo que los poderes del gobierno federal serán despóticos e ilimitados, nos informan en el siguiente que ni siquiera tiene la autoridad suficiente para convocar a la posse comitatus.
Lo último, afortunadamente, se aleja tanto de la verdad como lo primero la excede. Tan absurdo sería dudar de que el derecho a dictar todas las leyes NECESARIAS Y ADECUADAS para ejecutar sus poderes declarados incluiría el de requerir la asistencia de los ciudadanos a los funcionarios a quienes pueda encomendarse la ejecución de dichas leyes, como lo sería creer que el derecho a promulgar leyes necesarias y adecuadas para la imposición y recaudación de impuestos implicaría el de alterar las reglas de sucesión y de enajenación de la propiedad territorial, o el de abolir el juicio por jurado en los casos relativos a ella.
Siendo por tanto evidente que la suposición de una falta de poder para requerir el auxilio del POSSE COMITATUS carece por completo de fundamento, se sigue que la conclusión que de ella se ha extraído, en su aplicación a la autoridad del gobierno federal sobre la milicia, es tan poco sincera como ilógica.
¿Qué razón podría haber para inferir que se pretendía que la fuerza fuera el único instrumento de autoridad, meramente porque existe la facultad de hacer uso de ella cuando sea necesario? ¿Qué hemos de pensar de los motivos que podrían inducir a hombres sensatos a razonar de esta manera? ¿Cómo evitaremos un conflicto entre la caridad y la convicción?
Por un curioso refinamiento del espíritu de celo republicano, se nos enseña incluso a temer el peligro por parte de la propia milicia, en manos del gobierno federal.
Se observa que pueden formarse cuerpos selectos, compuestos por jóvenes y ardorosos, que pueden ponerse al servicio de las miras del poder arbitrario. Qué plan para la regulación de la milicia pueda seguir el gobierno nacional, es imposible de prever.
Pero tan lejos estoy de ver el asunto bajo la misma luz que aquellos que se oponen a los cuerpos selectos por considerarlos peligrosos, que, de ser ratificada la Constitución, y si yo tuviera que expresar mis opiniones sobre el establecimiento de una milicia a un miembro de la legislatura federal procedente de este Estado, le sostendría, en esencia, el siguiente discurso:
"El proyecto de disciplinar a toda la milicia de los Estados Unidos es tan inútil como perjudicial sería, si fuera capaz de llevarse a cabo. Una pericia tolerable en los movimientos militares es un asunto que requiere tiempo y práctica. No es un día, ni siquiera una semana, lo que bastará para alcanzarla. Obligar a la gran masa de los labradores y de las demás clases de ciudadanos a estar bajo las armas con el fin de realizar ejercicios y evoluciones militares, tan a menudo como fuera necesario para adquirir el grado de perfección que los hiciera merecedores del carácter de milicia bien regulada, sería un verdadero agravio para el pueblo, y un grave inconveniente y perjuicio público. Representaría una deducción anual del trabajo productivo del país, por una cantidad que, calculada sobre el número actual de la población, no se quedaría muy atrás del gasto total de los establecimientos civiles de todos los Estados. Intentar algo que reduciría la masa de trabajo e industria en una medida tan considerable sería imprudente; y el experimento, de realizarse, no podría tener éxito, porque no sería tolerado por mucho tiempo. Poco más puede aspirarse razonablemente a lograr, respecto al pueblo en general, que el tenerlo debidamente armado y equipado; y para procurar que esto no se descuide, será necesario reunirlo una o dos veces en el transcurso de un año."
"Pero aunque el proyecto de disciplinar a toda la nación deba abandonarse por nocivo o impracticable; es sin embargo de la mayor importancia que se adopte tan pronto como sea posible un plan bien meditado para el establecimiento adecuado de la milicia. La atención del gobierno debe dirigirse en particular a la formación de un cuerpo selecto de moderada extensión, sobre principios tales que realmente los preparen para el servicio en caso de necesidad. Al circunscribir así el plan, será posible contar con un excelente cuerpo de milicia bien entrenada, lista para entrar en campaña siempre que la defensa del Estado lo requiera. Esto no sólo disminuirá la necesidad de establecimientos militares, sino que si las circunstancias obligasen en algún momento al gobierno a formar un ejército de cualquier magnitud, ese ejército nunca podrá ser temible para las libertades del pueblo mientras exista un gran cuerpo de ciudadanos, poco o nada inferiores a ellos en disciplina y en el uso de las armas, que estén listos para defender sus propios derechos y los de sus conciudadanos. Esto me parece el único sustituto que puede idearse para un ejército permanente, y la mejor garantía posible contra él, si este llegara a existir."
Así, de manera diferente a los adversarios de la Constitución propuesta, razonaría yo sobre el mismo tema, deduciendo argumentos de seguridad de las mismas fuentes que ellos presentan como llenas de peligro y perdición. Pero cómo pueda razonar la legislatura nacional sobre el punto, es algo que ni ellos ni yo podemos prever.
Hay algo tan descabellado y tan extravagante en la idea de que la libertad corra peligro por causa de las milicias, que uno no sabe si tratarla con seriedad o con burla; si considerarla como un mero ejercicio de ingenio, semejante a las paradojas de los retóricos; como un artificio poco sincero para infundir prejuicios a cualquier precio, o como el fruto serio del fanatismo político.
¿En nombre del sentido común, dónde van a terminar nuestros temores si no podemos confiar en nuestros hijos, en nuestros hermanos, en nuestros vecinos, en nuestros conciudadanos?
¿Qué sombra de peligro puede haber por parte de hombres que se mezclan a diario con el resto de sus compatriotas y que participan con ellos de los mismos sentimientos, afectos, hábitos e intereses?
¿Qué causa razonable de aprehensión puede inferirse de la facultad de la Unión para dictar regulaciones para la milicia, y para mandar en sus servicios cuando sea necesario, mientras que los Estados particulares han de tener el NOMBRAMIENTO ÚNICO Y EXCLUSIVO DE LOS OFICIALES?
Si fuera posible abrigar seriamente celos respecto de la milicia bajo cualquier sistema concebible dependiente del gobierno federal, el hecho de que los oficiales sean designados por los Estados debería extinguirlos de inmediato. No cabe duda de que esta circunstancia les asegurará siempre una influencia predominante sobre la milicia.
Al leer muchas de las publicaciones en contra de la Constitución, uno es propenso a imaginarse que está hojeando algún cuento o romance mal escrito que, en lugar de imágenes naturales y agradables, exhibe ante la mente nada más que figuras espantosas y deformes—
«Gorgonas, hidras y quimeras crueles»;
decolorando y desfigurando todo lo que representa, y transformando todo lo que toca en un monstruo.
Una muestra de ello se observa en las sugerencias exageradas e improbables que se han formulado respecto a la facultad de convocar los servicios de la milicia.
La de New Hampshire ha de marchar a Georgia, la de Georgia a New Hampshire, la de Nueva York a Kentucky, y la de Kentucky al lago Champlain. ¡Es más, las deudas contraídas con los franceses y los holandeses van a pagarse con milicianos en lugar de luises de oro y ducados!
En un momento dado va a haber un gran ejército para aplastar las libertades del pueblo; en otro momento las milicias de Virginia han de ser arrastradas desde sus hogares a quinientas o seiscientas millas de distancia, para domar la obstinación republicana de Massachusetts; y la de Massachusetts ha de ser transportada a una distancia igual para someter la altivez refractaria de los aristocráticos virginianos.
¿Se imaginan las personas que despotrican de este modo que su arte o su elocuencia pueden imponer ocurrencias o absurdos al pueblo de América como si fuesen verdades infalibles?
Si ha de haber un ejército del que valerse como instrumento del despotismo, ¿para qué sirve la milicia?
Si no hubiera ejército, ¿hacia dónde dirigirían su curso las milicias, irritadas por ser convocadas a emprender una expedición distante y sin esperanza, con el propósito de remachar las cadenas de la esclavitud sobre una parte de sus compatriotas, sino hacia la sede de los tiranos, que habían meditado un proyecto tan insensato como inicuo, para aplastarlos en sus imaginarias trincheras de poder y convertirlos en un ejemplo de la justa venganza de un pueblo ultrajado e indignado?
¿Es esta la manera en que los usurpadores marchan hacia el dominio sobre una nación numerosa e ilustrada?
- ¿Comienzan por excitar la aborrecimiento de los mismos instrumentos de sus usurpaciones proyectadas?
- ¿Suele comenzar su carrera por actos de poder licenciosos y repugnantes, calculados para no servir a ningún fin, sino para atraer sobre sí el odio y la execración universales?
¿Son las suposiciones de esta índole las prudentes admoniciones de patriotas perspicaces a un pueblo perspicaz? ¿O son los delirios incendiarios de agitadores o de entusiastas desequilibrados?
Si hub甚至 de suponerse que los gobernantes nacionales estuvieran guiados por la ambición más desenfrenada, resulta imposible creer que emplearían medios tan absurdos para realizar sus designios.
En tiempos de insurrección o invasión, sería natural y adecuado que la milicia de un Estado vecino marchara hacia otro para resistir a un enemigo común, o para proteger a la república contra la violencia de una facción o la sedición.
Esto ocurría con frecuencia, respecto al primer objeto, en el transcurso de la última guerra; y este socorro mutuo es, en verdad, un fin principal de nuestra asociación política.
Si el poder de sufragarlo se coloca bajo la dirección de la Unión, no habrá peligro de una inatención supina y apática a los peligros de un vecino, hasta que su proximidad haya agregado los estímulos de la propia conservación a los impulsos demasiado débiles del deber y la compasión.
PUBLIUS Anclaje H2