CodalSearch this book — or all of Codal…⌘K
nydus/Notes on the State of VirginiaPublic
Página 292 de 361
Table of Contents

II.

reglamentaria. La mayoría de su número efectivo, y no menos, constituirá un quórum. Se les asignará por el presente a cada uno una cantidad anual, pagadera trimestralmente con cargo a cualquier fondo que se encuentre en el tesoro público. Su salario, sin embargo, podrá ser aumentado o disminuido de tiempo en tiempo, a discreción de la legislatura; con tal que dicho aumento o disminución no se haga, de ningún modo ni por ningún medio, de forma que afecte ni entonces, ni en ningún tiempo futuro, a ninguno de los que se hallen entonces efectivamente en funciones. Al final de cada trimestre, su salario se dividirá en porciones iguales según el número de días en los que, durante dicho trimestre, se haya celebrado un consejo, o haya sido requerido por el gobernador, o por su propia convocatoria, y una de esas porciones será retenida a cada miembro por cada uno de dichos días en los que, sin causa justificada a juicio de la junta, haya dejado de asistir, o se haya retirado antes de la clausura sin su permiso.

Si no se hubiera celebrado ninguna junta durante dicho trimestre, no se efectuará ninguna deducción.

Ellos {hall annually choofe a Preftdenty who fhall prefide in council in the abfence of the governor, and who in cafe of his oiRce becoming vacant by death or other- wife, fhall have authority to exercife all his funftions, till a new appointment be made, as he fhall alfo in any interval during which the governor shall declare himfelf unable to attend to the duties of his oiBce.

Los poderes judiciales serán ejercidos por los tribunales de condado y los demás tribunales inferiores que la legislatura considere conveniente continuar o erigir, por tres tribunales superiores, a saber: un Tribunal de Almirantazgo, un Tribunal General de Derecho Común y un Tribunal Superior de Cancillería; y por un Tribunal Supremo, que se denominará Tribunal de Apelaciones.

292