Labán, que tiene rebaños y manadas, desea que un oficial en la frontera los cuide, no sea que los madianitas se los lleven; y paga un impuesto con ese fin. Jacob no tiene rebaños ni manadas ni temor de los madianitas, y no paga impuesto al oficial. Parecía justo que Labán y Jacob tuvieran iguales derechos para elegir al oficial que ha de defender sus personas, pero que Labán y no Jacob eligiera al oficial que ha de custodiar las ovejas y el ganado. Y si surge la cuestión de si se deben proveer oficiales adicionales o atalayas, ¿no deben Labán y Isaac, y aquellos que deben vender parte de sus rebaños para comprar protección para el resto, juzgar mejor sobre esto, y con más derecho, que Jacob, quien, por ser un joven y un viajero, come el pan de ellos y no el
En la sociedad más primitiva, los propietarios hacían su propia riqueza, y mientras esta llegue a los dueños de manera directa, en ninguna comunidad equitativa surgiría otra opinión que no sea la de que la propiedad debe hacer la ley para la propiedad, y las personas la ley para las personas.
Pero la propiedad pasa por donación o herencia a quienes no la crean. El regalo, en un caso, la hace tan verdaderamente del nuevo propietario como el trabajo la hizo del primer propietario; en el otro caso, el del patrimonio, la ley crea una propiedad que será válida a los ojos de cada hombre según la estimación que conceda a la tranquilidad pública.
No resultó fácil, sin embargo, materializar el principio, fácilmente admitido, de que la propiedad legislara para la propiedad, y las personas para las personas; ya que las personas y la propiedad se mezclaban en cada transacción. Al fin pareció determinarse que la distinción legítima consistía en que los propietarios tuvieran más sufragio electoral que los no propietarios,