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nydus/The Crime of the CongoPublic
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VIII. La Comisión del rey Leopoldo y su informe

tierras del Congo no está bajo cultivo, esta interpretación concede al Estado un derecho de propiedad absoluto y exclusivo sobre prácticamente la totalidad de la tierra, con esta consecuencia: que puede disponer —por sí mismo y únicamente— de todos los productos del suelo; procesar como furtivo a cualquiera que tome de esa tierra el más mínimo de sus frutos, o como receptador de objetos robados a cualquiera que reciba dicho fruto; prohibir a cualquiera establecerse en la mayor parte del territorio. La actividad de los nativos queda así limitada a zonas muy restringidas, y su condición económica está inmovilizada. Así aplicada abusivamente, tal legislación impediría cualquier desarrollo de la vida nativa. De este modo, no solo se le ha prohibido a menudo al nativo trasladar su aldea, sino que incluso se le ha prohibido visitar, aunque sea temporalmente, una aldea vecina sin un permiso especial. Un nativo que se desplace sin ser portador de dicha autorización, se expondría a ser arrestado, devuelto a su lugar de origen e incluso castigado”.

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