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nydus/Politics: A Treatise on GovernmentPublic
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Capítulo XVII

según su mérito. Mas siempre que una familia entera o cualquier individuo de otra llegue a sobresalir tanto en virtud que exceda a todas las demás personas de la comunidad, entonces es justo que el poder regio resida en ellos, o si es un particular quien lo hace, que sea rey y señor de todos; porque esto, como acabamos de mencionar, no solo se corresponde con aquel principio de justicia que todos los fundadores de todas las ciudades, ya sean aristocracias, oligarquías o democracias, tienen en cuenta (pues al depositar el poder supremo todos consideran justo fijarlo en la excelencia, aunque no en la misma); sino que también es conforme a lo que ya se ha dicho; ya que no sería justo matar, desterrar o someter al ostracismo a tal persona por su mérito superior. Tampoco sería adecuado permitirle tener el poder supremo solo por turno; pues es contrario a la naturaleza que lo más alto sea jamás lo más bajo: mas este sería el caso si tal persona llegara a ser gobernada por otros. De modo que no queda otra cosa por hacer que someterse y permitirle disfrutar continuamente del poder supremo. Y esto es todo con respecto al poder regio en los diferentes Estados, y si les es o no ventajoso, y a cuáles, y

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