apreciable y creciente entre los hábitos de vida de ambas clases; y esto conlleva una diferencia cada vez mayor en la disciplina a la que ambas clases están sometidas. Ello induce una diferencia en los hábitos de pensamiento y en los fundamentos y métodos habituales de razonamiento a los que recurre cada clase.
De ahí resulta una diferencia en el punto de vista, en los hechos en que se insiste, en los métodos de argumentación, en los fundamentos de validez a los que se recurre; y esta diferencia gana en magnitud y consistencia a medida que la diferenciación de ocupaciones prosigue.
De modo que a las dos clases les resulta cada vez más difícil comprenderse mutuamente y apreciar las convicciones, los ideales, las capacidades y los defectos de la otra.
El fundamento último de validez para el pensamiento de las clases empresariales es el fundamento de los derechos naturales de la propiedad —un hecho convencional y antropomórfico que posee una validez institucional, más que una validez de hecho tal como puede formularse en términos de causa y efecto materiales—; mientras que las clases dedicadas a la industria de maquinaria se ocupan habitualmente de cuestiones de secuencia causal, las cuales no se prestan a ser formuladas en términos antropomórficos de derechos naturales y no ofrecen orientación alguna en cuestiones de derecho y agravio institucional, o de razón y consecuencia convencionales.
Los argumentos que proceden a partir de la causa y el efecto materiales no pueden ser rebatidos con argumentos basados en precedentes convencionales o en razones dialécticamente suficientes, y viceversa.
El pensamiento requerido por las ocupaciones pecuniarias procede sobre la base de la convencionalidad, mientras que el implicado en las ocupaciones industriales se basa, principalmente, en la secuencia o causalidad mecánica, en detrimento de la convencionalidad. La institución (hábito de pensamiento) de