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nydus/On LibertyPublic
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IV. De los límites de la autoridad de la sociedad sobre el individuo

más corrientes poseen medios de conocimiento que superan imensurablemente a los que pueda poseer cualquier otra persona. La interferencia de la sociedad para anular su juicio y sus propósitos en lo que solo concierne a él mismo debe basarse en presunciones generales; las cuales pueden ser del todo erróneas y, aun siendo correctas, es muy probable que se apliquen mal a casos individuales por personas que no conocen mejor las circunstancias de tales casos que quienes los contemplan meramente desde fuera. En este departamento, por tanto, de los asuntos humanos, la Individualidad tiene su propio campo de acción. En la conducta de los seres humanos unos hacia otros, es necesario que se observen en su mayor parte las reglas generales, para que la gente sepa qué atenerse; pero en los asuntos propios de cada persona, su espontaneidad individual tiene derecho al libre ejercicio. Consideraciones para ayudar a su juicio, exhortaciones para fortalecer su voluntad, pueden ofrecérsele, e incluso imponérsele, por parte de otros; pero él mismo es el juez supremo. Todos los errores que es probable que cometa en contra de los consejos y las advertencias quedan con creces compensados por el mal de permitir que otros lo fuercen hacia lo que ellos

No quiero decir que los sentimientos con los que los demás consideran a una persona no deban verse afectados en modo alguno por sus cualidades o deficiencias referentes a sí misma. Esto no es ni posible ni deseable. Si sobresale en alguna de las cualidades que contribuyen a su propio bien, es, en esa medida, un objeto adecuado de admiración. Está mucho más cerca de la perfección ideal de la naturaleza humana. Si carece flagrantemente de esas cualidades, sobrevendrá un sentimiento opuesto a la admiración. Hay un grado de insensatez, y un grado de lo que puede llamarse (aunque la frase no esté exenta de objeciones) bajeza o

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