aplicable a las ocupaciones elegidas por uno mismo en las que una persona pueda considerar oportuno emplear su tiempo de ocio; ni tampoco es válida, ni en el más mínimo grado, para las restricciones legales sobre las diversiones. Es cierto que la diversión de unos es la jornada laboral de otros; pero el placer, por no hablar de la útil recreación, de muchos, bien vale el trabajo de unos pocos, siempre que la ocupación sea libremente elegida y pueda ser libremente abandonada. Los obreros tienen perfecta razón al pensar que, si todos trabajaran en domingo, habría que dar siete días de trabajo por el salario de seis; pero mientras la gran masa de los empleos esté suspendida, el pequeño número que aún debe trabajar para disfrute de los demás obtiene un aumento proporcional en sus ganancias; y no están obligados a seguir esas ocupaciones si prefieren el ocio al emolumento. Si se busca un remedio adicional, este podría encontrarse en el establecimiento por costumbre de un día festivo en algún otro día de la semana para esas clases particulares de personas. El único fundamento, por tanto, en el que se pueden defender las restricciones a las diversiones dominicales, debe ser que son religiosamente erróneas; un motivo de legislación contra el cual nunca se protestará con la suficiente energía. > “ Deorum injuriae Diis curae. ” Queda por demostrar que la sociedad o cualquiera de sus funcionarios ostenta un mandato de lo alto para vengar cualquier supuesto ultraje a la Omnipotencia que no sea, al mismo tiempo, una ofensa a nuestros semejantes. La noción de que es deber de un hombre lograr que otro sea religioso fue el fundamento de todas las persecuciones religiosas jamás perpetradas y, de ser admitida, las justificaría plenamente. Aunque el sentimiento que estalla en los repetidos intentos de prohibir los viajes en tren en domingo, en la resistencia a la apertura de museos
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IV. De los límites de la autoridad de la sociedad sobre el individuo
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