Liberty se publicó en 1859, cuando el siglo diecinueve estaba a mitad de su curso, pero en su espíritu general y en algunas de sus tendencias particulares, el pequeño opúsculo pertenece más al punto de vista del siglo dieciocho que al de aquel que vio su nacimiento. En muchas de sus especulaciones, John Stuart Mill constituye una especie de eslabón de unión entre las doctrinas de la escuela empírica inglesa anterior y aquellas que asociamos con el nombre de Mr. Herbert Spencer. En su Lógica, por ejemplo, representa un avance respecto a las teorías de Hume y, sin embargo, no advierte cuán profundamente las victorias de la Ciencia modifican las conclusiones del pensador anterior. De igual manera, en su Economía política, desea mejorar y ampliar a Ricardo, y no obstante no avanza tanto como las modificaciones de la economía política por la Sociología, apuntadas por algunas especulaciones posteriores —y especialmente alemanas— sobre el tema.
En el tratado sobre la Libertad (Liberty), Mill defiende los derechos del individuo frente a la Sociedad justo en los albores de una época que llegaba rápidamente a la conclusión de que el individuo no tenía derechos absolutos frente a la Sociedad. La perspectiva del siglo XVIII es que los individuos existían primero, cada uno con sus propias exigencias y responsabilidades especiales; que formaban deliberadamente un Estado social, ya fuera mediante un contrato u otro medio; y que finalmente limitaban su propia acción por consideración a los intereses del organismo social así producido de manera arbitraria. Esta difícilmente es la perspectiva del siglo diecinueve.
Es posible que lógicamente el individuo sea anterior al Estado; histórica y cronológicamente, el Estado es anterior al individuo. En otras palabras, los derechos que toda personalidad posee en el mundo moderno no le pertenecen por un decreto original de la Naturaleza, sino