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nydus/The Economic Consequences of the PeacePublic
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El Tratado

cuya persona y bienes se encuentran fuera de la jurisdicción de su propio Gobierno, es una cuestión abierta; pero todos los países especificados en la lista anterior están expuestos a la presión de las autoridades aliadas, ya sea mediante la imposición de una cláusula apropiada del Tratado o por otros

(c) Queda una tercera disposición, de alcance mucho mayor que cualquiera de las anteriores, ninguna de las cuales afecta a los intereses alemanes en países neutrales. La Comisión de Reparaciones está facultada, hasta el 1 de mayo de 1921, para exigir pagos por un valor de hasta 5.000.000.000 de dólares de la manera que determine, "ya sea en oro, mercancías, barcos, valores o de otro modo."28

Esta disposición tiene el efecto de otorgar a la Comisión de Reparaciones, durante el período en cuestión, poderes dictatoriales sobre toda propiedad alemana de cualquier clase que sea. Bajo este artículo, pueden señalar cualquier negocio, empresa o propiedad específica, ya sea dentro o fuera de Alemania, y exigir su entrega; y su autoridad parecería extenderse no solo a los bienes existentes en la fecha de la Paz, sino también a cualquiera que pueda ser creado o adquirido en cualquier momento en el transcurso de los próximos dieciocho meses.

Por ejemplo, podrían elegir —como presumiblemente harán tan pronto como se establezcan— la fina y poderosa empresa alemana en América del Sur conocida como la Deutsche Ueberseeische Elektrizitätsgesellschaft (la D.U.E.G.), y transferirla a intereses aliados.

La cláusula es inequívoca y lo abarca todo.

Vale la pena señalar de paso que se introduce aquí un principio bastante novedoso en la recaudación de indemnizaciones. Hasta ahora, se fijaba una suma y se dejaba en libertad a la nación multada para idear y seleccionar por sí misma los medios de pago.

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