# I. Undertakings given prior to the Peace Negotiations
Las categorías de daños respecto de las cuales los Aliados tenían derecho a reclamar Reparaciones se rigen por los pasajes pertinentes de los Catorce Puntos del presidente Wilson del 8 de enero de 1918, tal como fueron modificados por los Gobiernos Aliados en su Nota aclaratoria, cuyo texto el Presidente comunicó formalmente al Gobierno alemán como base de la paz el 5 de noviembre de 1918.
Dichos pasajes han sido citados íntegramente al principio del Capítulo IV. Es decir, "Alemania indemnizará todos los daños causados a la población civil de los Aliados y a sus bienes por la agresión de Alemania por tierra, por mar y desde el aire".
El carácter limitativo de esta frase se ve reforzado por el pasaje del discurso del Presidente ante el Congreso del 11 de febrero de 1918 (cuyos términos forman parte expresa del contrato con el enemigo), en el sentido de que no habrá "contribuciones" ni "daños punitivos".
Se ha sostenido a veces que el preámbulo del párrafo 1976 de las Condiciones del Armisticio, en el sentido de que «cualquier reclamación y demanda futura de los Aliados y de los Estados Unidos de América permanece inafectada», anuló todas las condiciones precedentes y dejó a los Aliados en libertad de formular las demandas que quisieran. Pero no es posible sostener que esta frase protectora incidental, a la que nadie concedió en su momento ninguna importancia particular, echara por tierra todas las comunicaciones formales cruzadas entre el presidente