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nydus/The Economic Consequences of the PeacePublic
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El Tratado

(ii.) Las cláusulas relativas a los ferrocarriles, tal como fueron presentadas originalmente a Alemania, sufrieron modificaciones sustanciales en el Tratado definitivo, y ahora se limitan a una disposición por la cual las mercancías procedentes de territorio aliado con destino a Alemania, o en tránsito por Alemania, recibirán el trato más favorecido en lo que respecta a tarifas de flete ferroviario, etc., aplicadas a mercancías de la misma clase transportadas por cualquier línea alemana "en condiciones de transporte similares, por ejemplo, en lo que respecta a la longitud de la ruta".62 Como disposición no recíproca, esto constituye un acto de injerencia en los asuntos internos que resulta difícil de justificar, pero el efecto práctico de esto,63 así como de una disposición análoga relativa al tráfico de pasajeros,64 dependerá en gran medida de la interpretación de la frase "condiciones de transporte similares".65

Por el momento, el sistema de transportes de Alemania se verá mucho más gravemente desorganizado por las disposiciones relativas a la cesión de material rodante.

En virtud del párrafo 7 de las condiciones del Armisticio, se exigió a Alemania que entregara 5000 locomotoras y 150 000 vagones, "en buenas condiciones de funcionamiento, con todas las piezas de repuesto y accesorios necesarios".

Bajo el Tratado, se requiere que Alemania confirme esta entrega y reconozca el derecho de los Aliados sobre el material.66

Se le exige además, en el caso de las redes ferroviarias en territorio cedido, que entregue dichas redes completas con su dotación total de material rodante "en un estado normal de conservación", tal como figuraba en el último inventario anterior al 11 de noviembre de 1918.67

Es decir, las redes ferroviarias cedidas no deben soportar parte alguna en el empobrecimiento y deterioro general del material rodante alemán en su conjunto.

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