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nydus/The Social ContractPublic
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V. El Derecho de Vida y Muerte

El derecho de indultar o de eximir al culpable de una pena impuesta por la ley y pronunciada por el juez pertenece únicamente a la autoridad que está por encima tanto del juez como de la ley, es decir, el Soberano; incluso su derecho en esta materia está lejos de ser claro, y los casos para ejercerlo son extremadamente raros.

En un Estado bien gobernado hay pocos castigos, no porque haya muchos indultos, sino porque los criminales son raros; es cuando un Estado está en decadencia que la multitud de crímenes es una garantía de impunidad.

Bajo la República romana, ni el Senado ni los cónsules intentaron jamás indultar; ni siquiera el pueblo lo hizo nunca, aunque a veces revocó su propia decisión. Los indultos frecuentes significan que el crimen pronto dejará de necesitarlos, y nadie puede dejar de ver adónde conduce eso.

Pero siento que mi corazón protesta y detiene mi pluma; dejemos estas cuestiones al hombre justo que nunca ha ofendido, y que él mismo no tendría necesidad de indulto.

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