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nydus/The Social ContractPublic
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Introducción

La forma especial que Hobbes da a la segunda teoría del Contrato Social parece, a primera vista, muy similar a la combinación, en un solo acto, de ambos contratos.

Sin embargo, esta no es la postura que adopta.

La teoría de un contrato entre el gobierno y el pueblo había sido utilizada, como hemos visto, principalmente como un apoyo para las libertades populares, un medio de reivindicación frente al gobierno.

Hobbes, cuyo objetivo principal es hacer de su gobierno un soberano, solo puede lograr esto dejando al gobierno fuera del contrato: evita así la necesidad de someterlo a obligación alguna, y lo deja absoluto e irresponsable.

Garantiza, de hecho, no solo un Estado que posee derechos ilimitados frente al individuo, sino una autoridad determinada con el derecho de hacer valer dichos derechos.

Su teoría no es meramente estatismo (étatisme); es puro despotismo.

Es evidente que, si tal teoría ha de sostenerse, solo puede mantenerse mediante la opinión, que Hobbes comparte con Grocio, de que un hombre puede enajenar no solo su propia libertad, la de sus descendientes, y que, en consecuencia, un pueblo en su conjunto puede hacer lo mismo. Este es el punto en el que tanto Locke como Rousseau la atacan. * Locke, cuyo propósito es en gran medida justificar la Revolución de 1688, hace que el gobierno dependa, no solo en su

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