comunicación entre el Estado y el Soberano, y que haga en la persona colectiva más o menos lo que la unión del alma y del cuerpo hace en el hombre. > He aquí cuál es en el Estado el principio del gobierno, confundido frecuentemente con el Soberano, de quien es
¿Qué es, pues, el gobierno? Un cuerpo intermediario establecido entre los súbditos y el Soberano para su mutua correspondencia, encargado de la ejecución de las leyes y del mantenimiento de la libertad, tanto civil como política.
Los miembros de este cuerpo se llaman magistrados o «reyes», es decir, «gobernadores», y el cuerpo entero lleva el nombre de «príncipe».
Así pues, los que sostienen que el acto por el cual un pueblo se somete a un príncipe no es un contrato, tienen toda la razón. Se trata simple y llanamente de una comisión, de un empleo, en el cual los gobernantes, simples funcionarios del Soberano, ejercen en su propio nombre el poder del cual este los hace depositarios.
Este poder puede limitarlo, modificarlo o recuperarlo a su voluntad; pues la enajenación de tal derecho es incompatible con la naturaleza del cuerpo social y contraria al fin de la asociación.
Llamo, pues, «gobierno» o administración suprema al ejercicio legítimo del poder ejecutivo, y «príncipe» o «magistrado» al hombre o al cuerpo encargado de dicha administración.
En el gobierno residen las fuerzas intermedias cuyas relaciones componen la del todo con el todo, o la del Soberano con el Estado. Esta última relación puede representarse como la existente entre los términos extremos de una proporción continua, la cual tiene al gobierno como su media proporcional.