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nydus/The Social ContractPublic
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Introducción

Rousseau, por otra parte, no basa ningún argumento vital en la naturaleza histórica del pacto, en la que, ciertamente, no cree.

«¿Cómo», pregunta, «se produjo este cambio [de la naturaleza a la sociedad]?» Y responde que no lo sabe.

Además, su objetivo es encontrar «una regla de administración segura y legítima, tomando a los hombres tal como son y a las leyes tal como podrían ser»; es decir, su Contrato social es algo que se hallará operando en toda sociedad legítima, pero que estará suspendido en todas las formas de despotismo. Con ello quiere decir, clara y exactamente, el principio fundamental de la asociación política, la base de la unidad que nos permite, en el Estado, realizar la libertad política renunciando a la ilegalidad y al libertinaje.

La presentación de esta doctrina bajo la forma cuasihistórica de la teoría del Contrato social se debe a la contingencia del tiempo y del lugar en que Rousseau escribió.

Al mismo tiempo, la importancia de esta concepción se aprecia mejor en lo difícil que le resulta morir.

Aunque nadie, desde hace un siglo más o menos, ha pensado en considerarla histórica, ha resultado tan difícil asegurar cualquier otra fórmula que explique tan bien o mejor la base de la unión política que, hasta el día de hoy, la fraseología de la teoría del contrato persiste en gran medida.

Una concepción tan vital no puede haber sido estéril.

Es en verdad, en el propio pensamiento de Rousseau, solo una de las tres formas diferentes en que se enuncia la base de la unión política, según la preocupación de su mente.

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