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CAPÍTULO XIII SU DEBER

gran mayoría, no tuviéramos derechos y lo único que mereciera consideración fuera el avance de su propia gente.

Pero, al fin y al cabo, sería absurdo esperar otra cosa. Una pequeña minoría que lucha enérgica por su propia causa debe exagerar sus pretensiones; un organismo que se defiende contra una presión exterior muy fuerte no puede menos que parecer agresivo, y siempre mantendré que la presencia de una institución abiertamente judía que hable en pro de los intereses judíos, por insistente que sea, es algo excelente. Presenta un sano contraste con el intento contrario de exponer argumentos judíos bajo el disfraz de la neutralidad, y de difundir ideas judías de forma anónima a través de agentes que están muy lejos de ser neutrales.

Si se me pregunta qué instituciones tengo en mente, solo puedo repetir que corresponde a los propios judíos hacer la primera propuesta, pero sugiero una ampliación del sistema, que ya existe en germen, por el cual los litigios entre judíos sean arbitrados ante un tribunal judío. No solo su ampliación, sino también su confirmación a petición de los propios judíos, podría ser algo bueno. Tampoco sería una mala idea si —más adelante, cuando las condiciones estuvieran maduras para el cambio— las disputas entre judíos y no judíos pudieran juzgarse en tribunales donde el carácter especial de tales disputas, la diferencia distintiva entre estas y los litigios entre los conciudadanos del país en el que viven, fuera sometido a tribunales de carácter mixto. Intentar esto hoy en día sería, por supuesto, una novedad muy grande en los procedimientos, en verdad revolucionaria, y no hay perspectivas de ello en mucho tiempo; pero con el creciente número de judíos entre nosotros y su creciente influencia, creo que, cuando por fin llegue, será ventajoso para ambas partes. * Sería fatal si se les impusiera. * No sería aceptado.

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