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nydus/The English ConstitutionPublic
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IV. La Cámara de los Comunes

nuestra tradición lo ignora. Al final de la mitad de los períodos de sesiones del Parlamento, se lee en los periódicos, y se oye incluso a quienes han observado de cerca el asunto y deberían saber más, que «el Parlamento no ha hecho nada en este periodo de sesiones. Se prometieron algunas cosas en el discurso de la Reina, pero eran solo pequeñeces; y la mayoría ni siquiera se han aprobado». Lord Lyndhurst se pasó años enumerando los escasos logros legislativos; y, sin embargo, aquellos eran los tiempos de los primeros Gobiernos güigos, que tuvieron más cosas que hacer en el ámbito legislativo, y las hicieron, que ningún otro Gobierno. La verdadera respuesta de un ministro a arengas como las de Lord Lyndhurst debería haber sido en primera persona. Debería haber dicho con firmeza: «El Parlamento me ha sostenido, y esa ha sido su mayor obligación; el Parlamento ha llevado a cabo lo que, en el lenguaje del respeto tradicional, llamamos el Gobierno de la Reina; ha mantenido lo que, con acierto o sin él, consideró el mejor poder ejecutivo de la nación inglesa».

La segunda función de la Cámara de los Comunes es lo que podría llamar una función expresiva. Es su deber expresar el pensamiento del pueblo inglés en todos los asuntos que se le presentan. Si lo hace bien o mal, lo discutiré en breve.

La tercera función del Parlamento es lo que podría llamar⁠—conservando cierto tecnicismo incluso en asuntos familiares por aras de la claridad⁠—la función docente. Un gran y abierto consejo de hombres notables no puede ser colocado en el centro de una sociedad sin alterar a dicha sociedad. Debería alterarla para mejor. Debería enseñar a la nación lo que no sabe. Hasta qué punto la Cámara de los Comunes puede enseñar así, y hasta qué punto lo enseña efectivamente, son cuestiones para un debate posterior.

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