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nydus/The English ConstitutionPublic
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VI. Sus supuestos frenos y contrapesos

superior podía haber apelado y apelado de hecho a un parlamento sabio y pacífico para someterlo a una nación hosca y belicosa. El freno que nuestra Constitución halla para los vicios particulares de nuestro Parlamento fue mal utilizado para coartar su sabiduría.

Cuanto más estudiamos la naturaleza del gobierno de gabinete, más rehuiremos exponer en un instante vital su delicada maquinaria al golpe de un extraño casual, incompetente y tal vez semiinsano.

La probabilidad preponderante es que, en una gran ocasión, el primer ministro y el Parlamento sean en verdad más sabios que el rey.

  • El primer ministro seguramente será capaz, y seguro estará de desear con creces decidir acertadamente;
  • si no logra decidir, pierde su puesto, aunque a través de todos los tropiezos el rey conserve el suyo;
  • el juicio del hombre naturalmente muy perspicaz se agudiza por una dura sanción, de la cual el juicio del hombre por naturaleza mucho menos inteligente está exento.

El Parlamento, asimismo, es en su mayor parte un cuerpo de hombres sensato, prudente y práctico.

El principio demuestra que la facultad de destituir a un Gobierno con el que el Parlamento está satisfecho, y de disolver dicho Parlamento mediante un recurso al pueblo, no es una facultad que un monarca hereditario común pueda ejercer provechosamente a la larga.

En consecuencia, este poder casi ha desaparecido, si es que no por completo, de la realidad de nuestra Constitución. Nada sorprendería más al pueblo inglés, tal vez, que si la Reina, mediante un coup d’état y de manera imprevista, destruyera a un ministerio firme

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