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nydus/The English ConstitutionPublic
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I. El Gabinete

Tenemos en Inglaterra un primer magistrado electivo con tanta certeza como los estadounidenses tienen un primer magistrado electivo.

La reina está únicamente al frente de la parte digna de la Constitución. El primer ministro está al frente de la parte eficiente. La Corona es, según el dicho, la «fuente de honor»; pero el Tesoro es el manantial de los asuntos públicos.

No obstante, nuestro primer magistrado difiere del estadounidense. No es elegido directamente por el pueblo; es elegido por los representantes del pueblo. Es un ejemplo de «doble elección».

El poder legislativo elegido, en teoría, para hacer leyes, de hecho encuentra su principal ocupación en nombrar y mantener un ejecutivo.

El ministro principal así seleccionado tiene que elegir a sus colaboradores, pero solo escoge entre un círculo selecto.

La posición de la mayoría de los hombres en el Parlamento prohíbe que sean invitados al Gabinete; la posición de unos pocos asegura que sean invitados.

Entre la lista obligatoria de quienes debe aceptar y la lista imposible de quienes no puede aceptar, la elección independiente de un primer ministro en la formación de un Gabinete no es muy amplia; se extiende más bien a la distribución de los cargos del Gabinete que a la elección de los ministros del mismo.

El Parlamento y la nación han determinado bastante bien quiénes ocuparán los primeros puestos; pero no han distinguido con la misma precisión qué hombre ocupará cada puesto.

El más alto patronazgo de un primer ministro es, por supuesto, un poder considerable, aunque se ejerza bajo restricciones estrechas e imperativas, aunque sea mucho menor de lo que parece cuando se enuncia en teoría o se contempla desde la distancia.

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