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nydus/Two Treatises of GovernmentPublic
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VIII. Del comienzo de las sociedades políticas

Del comienzo de las sociedades políticas

Siendo los hombres, como se ha dicho, por naturaleza, todos libres, iguales e independientes, ninguno puede ser sacado de ese estado y someterse al poder político de otro sin su propio consentimiento.

La única manera en que alguien se despoja de su libertad natural y se atará a los vínculos de la sociedad civil es mediante el acuerdo con otros hombres para unirse en una comunidad, a fin de vivir cómoda, segura y pacíficamente unos con otros, en el disfrute seguro de sus propiedades y con una mayor seguridad contra cualquiera que no pertenezca a ella.

Esto puede hacerlo cualquier número de hombres, porque no perjudica la libertad del resto; estos quedan, tal como estaban, en la libertad del estado de naturaleza.

Cuando cualquier número de hombres ha consentido de este modo en constituir una comunidad o gobierno, quedan por ello inmediatamente incorporados y forman un cuerpo político, en el que la mayoría tiene el derecho de actuar y decidir por el resto.

Porque cuando un número cualquiera de hombres ha formado una comunidad, por el consentimiento de cada individuo, han convertido con ello a esa comunidad en un solo cuerpo, con el poder de actuar como un solo cuerpo, lo cual solo puede hacerse mediante la voluntad y la determinación de la mayoría; pues dado que lo que hace actuar a cualquier comunidad es únicamente el consentimiento de los individuos que la componen, y siendo necesario que aquello que es un solo cuerpo se mueva en una sola dirección, es necesario que el cuerpo se mueva hacia

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