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nydus/Two Treatises of GovernmentPublic
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XVIII. De la tiranía

De la tiranía

Así como la usurpación es el ejercicio de un poder que otro tiene derecho a tener, la tiranía es el ejercicio de un poder más allá del derecho, al cual nadie puede tener derecho.

Y esto consiste en hacer uso del poder que uno tiene en sus manos, no para el bien de quienes están bajo él, sino para su propia ventaja privada y separada.

Cuando el gobernante, cualquiera que sea su título, toma como regla no la ley, sino su voluntad; y sus mandatos y acciones no están dirigidos a la preservación de las propiedades de su pueblo, sino a la satisfacción de su propia ambición, venganza, codicia o cualquier otra pasión irregular.

Si se puede dudar de que esto sea verdad o razón, por venir de la mano oscura de un súbdito, espero que la autoridad de un rey se lo haga aceptar. El rey Jacobo I, en su discurso ante el parlamento de 1603, les habla así: “Siempre antepondré el bien público y el de toda la comunidad, al hacer buenas leyes y constituciones, a cualquier fin particular y privado mío; considerando siempre que la riqueza y el bienestar de la comunidad son mi mayor riqueza y felicidad terrenal; un punto en el que un rey legítimo difiere directamente de un tirano: pues reconozco que el punto especial y mayor de diferencia que hay entre un rey legítimo y un tirano usurpador es este: que, mientras que el tirano orgulloso y ambicioso piensa que su reino y su pueblo están ordenados únicamente para la satisfacción de sus deseos y apetitos desrazonables, el rey justo y recto, por el contrario, reconoce que él está ordenado para procurar la riqueza y la propiedad de su pueblo”. Y de nuevo, en su discurso ante el parlamento de 1609, pronuncia estas palabras: “El rey se

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