que la ley, que no ha hecho distinción entre unos y otros, no pretende que haya diferencia alguna en su libertad o sus privilegios.
Pero suponiendo, lo que rara vez sucede, que los vencedores y los vencidos jamás se incorporen en un solo pueblo, bajo las mismas leyes y libertad; veamos a continuación «qué poder tiene un conquistador legítimo sobre los somocidos»: y ese, digo yo, es puramente despótico.
Tiene un poder absoluto sobre las vidas de aquellos que, mediante una guerra injusta, las han perdido; pero no sobre las vidas o las fortunas de quienes no participaron en la guerra, ni sobre las posesiones siquiera de aquellos que tomaron parte efectiva en ella.
En segundo lugar, digo entonces que el conquistador no adquiere poder sino únicamente sobre aquellos que efectivamente han asistido, concurrido o consentido a esa fuerza injusta que se usa contra él: pues habiendo dado el pueblo a sus gobernantes ningún poder para hacer algo injusto, como lo es hacer una guerra injusta (ya que ellos nunca tuvieron tal poder en sí mismos), no deben ser acusados como culpables de la violencia y la injusticia que se cometen en una guerra injusta, más allá de lo que efectivamente la fomenten; ni más de lo que debe considerarse que son culpables de cualquier violencia u opresión que sus gobernantes ejerzan sobre el pueblo mismo, o sobre cualquier parte de sus conciudadanos, no habiéndoles dado más poder para lo uno que para lo otro. Los conquistadores, es verdad, rara vez se toman la molestia de hacer esta distinción, sino que permiten voluntariamente que la confusión de la guerra lo arrastre todo por igual; pero aun así esto no altera el derecho; pues siendo el poder del conquistador sobre las vidas de los conquistados únicamente debido a que han usado la fuerza para cometer o mantener una injusticia, él solo puede tener ese poder sobre aquellos que han concurrido en dicha fuerza; todos los demás son inocentes; y él no tiene