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nydus/Two Treatises of GovernmentPublic
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XIX. De la disolución del gobierno

Pero si una larga serie de abusos, prevaricaciones y artimañas, todos dirigidos hacia el mismo fin, hacen que el designio sea visible para el pueblo, y este no puede dejar de sentir lo que padece ni de ver hacia dónde se dirige; no es de extrañar que entonces se levanten y se esfuercen por poner el gobierno en manos que les aseguren los fines para los cuales este fue erigido en un principio; y sin los cuales, los nombres antiguos y las formas ostentosas están tan lejos de ser mejores, que son mucho peores que el estado de naturaleza o la pura anarquía; siendo los inconvenientes igualmente grandes y cercanos, pero el remedio más lejano y difícil.

En tercer lugar, respondo que esta doctrina de un poder en el pueblo para proveer de nuevo a su seguridad mediante un nuevo poder legislativo, cuando sus legisladores han obrado en contra de su mandato al invadir su propiedad, es el mejor muro de defensa contra la rebelión y el medio más probable para impedirla: pues siendo la rebelión una oposición, no a las personas, sino a la autoridad, la cual se funda únicamente en las constituciones y leyes del gobierno; aquellos, sean quienes fueren, que por la fuerza quebrantan dichas leyes y por la fuerza justifican su violación, son verdadera y propiamente rebeldes; porque cuando los hombres, al entrar en sociedad y gobierno civil, han excluido la fuerza e introducido leyes para la conservación de la propiedad, la paz y la unidad entre ellos, quienes reestablecen la fuerza en oposición a las leyes hacen rebellare, es decir, hacen retornar el estado de guerra, y son propiamente rebeldes. Y puesto que quienes están en el poder (debido a la pretensión que tienen de ostentar autoridad, a la tentación de la fuerza que tienen en sus manos y a la adulación de quienes los rodean) son los más propensos a hacerlo, la manera más adecuada de prevenir el mal es mostrarles el peligro y la injusticia de este a aquellos que se encuentran bajo la mayor tentación de caer en él.

En ambos casos mencionados, ya sea cuando se cambia el poder legislativo, o cuando los legisladores actúan de manera contraria al fin

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