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nydus/Two Treatises of GovernmentPublic
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IV. Del derecho de Adán a la soberanía por donación, Gén. 1:28

Dios bendijo a Noé y a sus hijos, y les dijo, es decir, según quiere nuestro autor, le dijo a él: porque, dice él, aunque los hijos son mencionados allí con Noé en la bendición, sin embargo, puede entenderse mejor con una subordinación o bendición en sucesión. O. 211.

Eso de hecho es lo mejor para que nuestro autor sea entendido, lo que mejor sirve a su propósito; pero eso verdaderamente puede ser entendido mejor por cualquier otra persona, lo que mejor concuerda con la construcción simple de las palabras, y surge del significado obvio del pasaje: y entonces con subordinación y en sucesión, no se entenderá mejor, en una concesión de Dios, donde él mismo no los puso, ni menciona tal limitación.

Pero aun así nuestro autor tiene razones por las cuales puede entenderse mejor de ese modo. > «La bendición —dice él en las palabras siguientes— podría cumplirse verdaderamente, si los hijos, bajo su padre o después de él, disfrutaban de un dominio privado». O. 211, lo cual equivale a decir que una concesión cuyas palabras expresas otorgan un título conjunto en el presente (pues el texto dice: en vuestras manos son entregados) puede entenderse mejor con una subordinación o en sucesión; porque es posible que, en subordinación o en sucesión, pueda ser disfrutada. Lo cual es todo uno que decir que la concesión

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