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CAPÍTULO XIV. DE LAS LEYES NATURALES PRIMERA Y SEGUNDA, Y DE LOS CONTRATOS

Y por ello, quien cumple primero no hace sino entregarse a su enemigo, en contra del Derecho (que nunca puede abandonar) de defender su vida y los medios de su vida.

Pero en un Estado civil, donde hay un Poder establecido para coaccionar a aquellos que de otro modo violarían su fe, ese temor ya no es razonable; y por esa causa, aquel que según el Pacto debe cumplir primero, está obligado a hacerlo así.

La causa del Miedo, que hace que tal Pacto sea inválido, debe ser siempre algo que surja después de hecho el Pacto; como algún hecho nuevo, u otra señal de la Voluntad de no cumplir; de lo contrario, no puede hacer que el Pacto sea Nulo.

Porque aquello que no pudo impedir que un hombre prometiera, no debe admitirse como un impedimento para cumplir.

# El fin en sí, contiene el medio en sí

El que transfiere algún Derecho, transfiere los Medios de disfrutarlo, hasta donde esté en su poder.

Así como el que vende tierras, se entiende que transfiere la hierba y todo lo que en ella crece; ni el que vende un molino puede desviar la corriente que lo mueve.

Y los que dan a un hombre el Derecho de gobierno en Soberanía, se entiende que le dan el derecho de recaudar dinero para mantener soldados; y de nombrar Magistrados para la administración de Justicia.

No hay pacto con las bestias

Hacer Pacto con bestias mudas es imposible; porque al no comprender nuestro discurso, no entienden ni aceptan ninguna transferencia de

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