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CHAPTER XXVI. OF CIVILL LAWES

constitución de una nueva ley, en casos en los que cada pequeña circunstancia es la misma; sin embargo, en las leyes inmutables, tales como las Leyes de la Naturaleza, no son leyes para el mismo juez, ni para otros, en casos semejantes por los siglos de los siglos. Los príncipes se suceden unos a otros; un juez pasa, otro viene; es más, el Cielo y la Tierra pasarán, pero ni una tilde de la Ley de la Naturaleza pasará; porque es la Ley Eterna de Dios. Por tanto, todas las sentencias de jueces precedentes que jamás hayan existido no pueden en conjunto hacer una ley contraria a la equidad natural; ni ningún ejemplo de jueces anteriores puede justificar una sentencia irrazonable, ni eximir al juez actual del trabajo de estudiar qué es la Equidad (en el caso que debe juzgar) a partir de los principios de su propia razón natural. A título de ejemplo, va en contra de la Ley de la Naturaleza Castigar al Inocente; e inocente es aquel que se absuelve a sí mismo judicialmente, y es reconocido como inocente por el juez. Supongamos ahora que un hombre es acusado de un delito capital, y viendo el poder y la malicia de algún enemigo, y la frecuente corrupción y parcialidad de los jueces, huye por miedo al desenlace, y después es capturado y llevado a un juicio legal, y hace suficientemente patente que no era culpable del delito, y siendo de él absuelto, es no obstante condenado a perder sus bienes; esta es una manifiesta condena del Inocente. Digo, por tanto, que no hay lugar en el mundo donde esto pueda ser una interpretación de una Ley de la Naturaleza, o convertirse en ley mediante las sentencias de jueces precedentes que hubieran hecho lo mismo. Pues quien lo juzgó primero, juzgó injustamente; y ninguna injusticia puede ser un modelo de juicio para los jueces sucesivos. Una ley escrita puede prohibir a los hombres inocentes huir, y pueden ser castigados por huir: pero que huir por miedo a una injuria sea tomado como presunción de culpabilidad, después de que un hombre ya ha sido absuelto judicialmente del delito, es contrario a la naturaleza de una Presunción, la cual no tiene cabida después de dictado el juicio. Sin

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