sencilla verdad: que los pactos, al no ser más que palabras y aliento, no tienen fuerza para obligar, contener, constreñir o proteger a ningún hombre, sino la que reciben de la Espada pública; es decir, de las manos desatadas de aquel Hombre, o Asamblea de hombres que tiene la Soberanía, y cuyas acciones son abogadas por todos ellos, y realizadas por la fuerza de todos ellos, en él unida.
Pero cuando una Asamblea de hombres es hecha Soberana; entonces ningún hombre imagina que haya pasado tal Pacto en la Institución; porque ningún hombre es tan torpe como para decir, por ejemplo, que el Pueblo de Roma hizo un Pacto con los romanos para ostentar la Soberanía bajo tales o cuales condiciones; las cuales, de no cumplirse, los romanos pudiesen de manera legítima deponer al Pueblo Romano.
Que los hombres no vean que la razón es la misma en una Monarquía que en un Gobierno Popular, proviene de la ambición de algunos que son más benévolos con el gobierno de una Asamblea, del cual esperan poder participar, que con el de la Monarquía, el cual desisten de disfrutar.
3. Ningún hombre puede protestar sin injusticia contra la institución del soberano declarada por la mayor parte.
En tercer lugar, habiendo declarado la mayor parte, por voces concordes, a un Soberano, el disidente debe ahora consentir con el resto; es decir, conformarse con reconocer todas las acciones que este realice, o de lo contrario ser justamente destruido por los demás. Pues si entró voluntariamente en la Congregación de los congregados, manifestó con ello suficientemente su voluntad (y por tanto pactó tácitamente) de someterse a lo que la mayor parte ordenase: y si por ello se niega a someterse, o protesta contra cualquiera de sus Decretos, obra en contra de su pacto y, por consiguiente, de manera injusta.