está obligado a obedecerlos por ninguna otra autoridad que no sea la de aquel cuyos mandatos ya tienen fuerza de leyes; es decir, por ninguna otra autoridad que no sea la de la República, residente en el Soberano, quien es el único que posee el poder legislativo. Además, si no es la autoridad legislativa de la República la que les otorga la fuerza de leyes, debe ser alguna otra autoridad derivada de Dios, ya sea privada o pública: si es privada, obliga únicamente a aquel a quien Dios ha tenido a bien revelárselo en particular. Pues si cada hombre estuviera obligado a tomar como ley de Dios lo que hombres particulares, bajo el pretexto de inspiración o revelación privada, le impusieran (en un número tal de hombres que, por orgullo e ignorancia, toman sus propios sueños, fantasías extravagantes y locura como testimonios del Espíritu de Dios; o que, por ambición, fingen tales testimonios divinos falsamente y en contra de sus propias conciencias), sería imposible que se reconociera ley divina alguna. Si es pública, es la autoridad de la República, o de la Iglesia. Pero la Iglesia, si es una sola persona, es la misma cosa que una República de cristianos; se le llama República porque consiste en hombres unidos en una sola persona, su Soberano; y se le llama Iglesia porque consiste en hombres cristianos unidos en un solo Soberano cristiano. Pero si la Iglesia no es una sola persona, entonces no tiene autoridad alguna; no puede mandar ni realizar acción alguna; ni es capaz de tener poder ni derecho a cosa alguna; ni tiene voluntad, razón ni voz; pues todas estas cualidades son personales. Ahora bien, si la totalidad de los cristianos no está contenida en una sola República, no son una sola persona; ni existe una Iglesia Universal que tenga autoridad sobre ellos; y, por tanto, las Escrituras no son convertidas en leyes por la Iglesia Universal; o, si es una sola República, entonces todos los monarcas y Estados cristianos son personas privadas, y están sujetos a ser juzgados, depuestos y castigados por un Soberano Universal de toda la Cristiandad.
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CAPÍTULO XXXIII. DEL NÚMERO, ANTIGÜEDAD, ALCANCE, AUTORIDAD E INTÉRPRETES DE LOS LIBROS DE LA SAGRADA ESCRITURA
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