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CAPÍTULO XVI. DE LAS PERSONAS, AUTORES Y COSAS PERSONIFICADAS

únicamente al Actor, no habiendo más Autor que él mismo.

Cosas Personificadas, Inanimadas

Hay pocas cosas que sean incapaces de ser representadas por la Ficción.

Las cosas inanimadas, como una Iglesia, un Hospital, un Puente, pueden ser Personificadas por un Rector, un Maestro o un Supervisor. Pero las cosas inanimadas no pueden ser Autores, ni por lo tanto dar Autoridad a sus Actores: sin embargo, los actores pueden tener Autoridad para procurar su mantenimiento, otorgada por aquellos que son Propietarios o Gobernantes de esas cosas. Y, por tanto, tales cosas no pueden ser Personificadas antes de que exista algún estado de Gobierno Civil.

Irracional

Asimismo, los Niños, Locos y Censores que no tienen uso de Razón, pueden ser Representados por Guardianes o Curadores; pero no pueden ser Autores (durante ese tiempo) de ninguna acción realizada por ellos, por más tiempo que (cuando recuperen el uso de Razón) juzguen la misma razonable.

Sin embargo, durante la Locura, aquel que tiene derecho a gobernarlos puede dar Autoridad al Guardián. Pero esto, a su vez, no tiene lugar sino en un Estado Civil, porque antes de tal estado no hay Dominio de Personas.

Falsos dioses

Un Ídolo, o mera Figuración del cerebro, puede ser Personificado; como lo fueron los dioses de los paganos; los cuales, mediante oficiales que el Estado designaba, eran personificados y poseían propiedades, y otros bienes y derechos que los hombres, de tiempo en tiempo, les dedicaban y consagraban.

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