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CAPÍTULO XXXI. DEL REINO DE DIOS POR NATURALEZA

# El alcance de los siguientes capítulos

Que la condición de mera Naturaleza, es decir, de Libertad absoluta, como es la de aquellos que no son ni Soberanos, ni Súbditos, es la Anarquía, y la condición de Guerra: * Que los Preceptos por los cuales los hombres son guiados a evitar esa condición son las Leyes de Naturaleza; * Que una República, sin Poder Soberano, no es más que una palabra, sin sustancia, y no puede subsistir; * Que los Súbditos deben al Soberano obediencia simple, en todas aquellas cosas en que su obediencia no sea repugnante a las Leyes de Dios, lo he demostrado suficientemente en lo que ya he escrito. Solo falta, para el conocimiento entero del deber Civil, saber cuáles son esas Leyes de Dios. Porque sin eso, un hombre no sabe, cuando se le manda algo por el Poder Civil, si es contrario a la Ley de Dios o no; y así, o por demasiada obediencia civil, ofende a la Divina Majestad, o por miedo de ofender a Dios, transgrede los mandamientos de la República. > Para evitar ambos Escollos, es necesario saber cuáles

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