Por Patentes Reales, y Sello Público
Si la cuestión es de Obediencia a un Oficial público; haber visto su Comisión, con el Sello Público, y haberla oído leer; o haber tenido los medios para informarse de ella, si uno quisiera, es una Verificación suficiente de su Autoridad. Pues todo hombre está obligado a hacer su mejor esfuerzo para informarse de todas las Leyes escritas que puedan concernir a sus propias acciones futuras.
# La interpretación de la ley depende del poder soberano
Conocido el Legislador; y promulgadas las Leyes suficientemente, ya sea por escrito, o por la luz de la Naturaleza, falta todavía otra circunstancia muy sustancial para hacerlas obligatorias.
Pues no es la Letra, sino la Intención, o el Sentido; es decir, la Interpretación auténtica de la Ley (que es el sentido del Legislador), en lo que consiste la naturaleza de la Ley; Y por consiguiente la interpretación de todas las Leyes depende de la Autoridad Soberana; y los intérpretes no pueden ser otros que aquellos que el Soberano (a quien únicamente debe obediencia el Súbdito) designe.
Pues de otro modo, mediante la astucia de un intérprete, se puede hacer que la Ley tenga un sentido contrario al del Soberano; por cuyo medio el intérprete se convierte en Legislador.
# All Lawes Need Interpretation
Todas las Leyes, escritas y no escritas, tienen necesidad de Interpretación. La Ley de la Naturaleza no escrita, aunque es fácil para aquellos que, sin parcialidad y sin pasión, hacen uso de su razón natural, y por tanto deja a los violadores de la misma sin excusa; sin embargo, considerando que hay