Qué puntos sean estos, los declararé a partir de la Escritura en el capítulo siguiente. En este lugar no digo más sino que, aunque se concediera que el Papa no pudiera enseñar error alguno en absoluto, esto no le otorga ningún derecho a jurisdicción en los dominios de otro Príncipe, a menos que digamos también que un hombre está obligado en conciencia a contratar en todas las ocasiones al mejor obrero, incluso en aquel momento en que previamente le ha prometido su obra a otro.
Además del Texto, argumenta desde la Razón, así: Si el Papa pudiera errar en lo necesario, entonces Cristo no ha provisto suficientemente para la Salvación de la Iglesia; porque le ha mandado seguir las directrices del Papa.
Pero esta Razón es inválida, a menos que él muestre cuándo y dónde mandó Cristo eso, o tomó nota alguna de un Papa; es más, concediendo que todo lo que se le dio a San Pedro le fue dado al Papa; aun así, puesto que no hay en la Escritura mandato alguno a ningún hombre de obedecer a San Pedro, ningún hombre puede ser justo si le obedece, cuando sus mandamentos son contrarios a los de su legítimo Soberano.
Por último, la Iglesia no ha declarado, ni tampoco el propio Papa, que él sea el soberano civil de todos los cristianos del mundo; y por tanto, todos los cristianos no están obligados a reconocer su jurisdicción en materia de costumbres. Pues la soberanía civil y la judicatura suprema en las controversias sobre las costumbres son una misma cosa: y los creadores de las leyes civiles no son solamente declaradores, sino también creadores de la justicia y de la injusticia de las acciones; no habiendo nada en las costumbres de los hombres que las haga justas o injustas, sino su conformidad con la ley del soberano. Y por tanto, cuando el Papa reclama la supremacía en las controversias sobre las costumbres, enseña a los hombres a desobedecer al soberano