poder para predicar y bautizar en todas partes del mundo, siempre que su propio soberano legítimo no se lo prohibiera: pues a nuestros propios soberanos Cristo mismo y sus apóstoles nos han mandado expresamente en diversos lugares que les seamos obedientes
Los argumentos con los que pretende demostrar que los obispos reciben su jurisdicción del Papa (dado que el Papa no tiene jurisdicción propia en los dominios de otros príncipes) son totalmente vanos. Sin embargo, puesto que demuestran, por el contrario, que todos los obispos reciben la jurisdicción, cuando la tienen, de sus soberanos civiles, no dejaré de relatar los mismos.
El primero es del capítulo 11 de Números, donde Moisés, no pudiendo soportar solo todo el peso de la administración de los asuntos del pueblo de Israel, Dios le mandó que escogiera a setenta ancianos, y tomó parte del espíritu de Moisés para ponerla sobre esos setenta ancianos; por lo cual se entiende, no que Dios debilitara el espíritu de Moisés, pues eso no lo habría aliviado en absoluto; sino que todos ellos tenían su autoridad a partir de él; en lo cual él interpreta verdadera e ingenuamente ese pasaje.
Pero como Moisés tenía la Soberanía entera en la República de los judíos, es manifiesto que con ello se significa que ellos tenían su autoridad del Soberano Civil; y por tanto ese lugar prueba que los obispos en toda República cristiana tienen su autoridad del Soberano Civil, y del Papa únicamente en sus propios territorios, y no en los territorios de ningún otro Estado.
El segundo argumento es de la naturaleza de la Monarquía; en la cual toda la autoridad reside en un solo hombre, y en los demás por derivación de él: pero el Gobierno de la Iglesia, dice él, es Monárquico. Esto también aboga a favor de los Monarcas Cristianos. Porque ellos son verdaderamente Monarcas de su propio pueblo; es decir, de su propia Iglesia (pues la Iglesia es la misma cosa que un pueblo