Tomando aquella parte de los Comunes que resultaba estar más cerca de nosotros—pues por entonces nuestro hombre era soltero, y estábamos fuera de los Tribunales, y paseábamos frente a la Oficina de Prerrogativas—, le sugerí que la Oficina de Prerrogativas me parecía una institución bastante extraña en su funcionamiento. El señor Spenlow preguntó en qué sentido.
Contesté, con todo el respeto debido a su experiencia (pero con más respeto, mucho temo, a que era el padre de Dora), que tal vez era un poco absurdo que el Registro de aquel Tribunal, que contenía los testamentos originales de todas las personas que dejaban bienes dentro de la inmensa provincia de Canterbury, durante tres siglos enteros, fuera un edificio fortuito, nunca diseñado para tal fin, alquilado por los registradores para su propio lucro privado, inseguro, sin que constara siquiera que era a prueba de incendios, abasto con los importantes documentos que guardaba y, positivamente, desde el tejado hasta los cimientos, una especulación mercenaria de los registradores, que cobraban grandes tasas al público y amontonaban los testamentos del público como fuera y en cualquier parte, sin más objetivo que quitárselos de encima baratito.
Que, tal vez, era un poco irrazonable que estos registradores, que percibían beneficios que ascendían a ocho o nueve mil libras al año (por no hablar de los beneficios de los subregistradores y de los jefes de sección), no estuvieran obligados a gastar un poco de ese dinero en