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nydus/Die TraumdeutungPublic
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VI. La labor del sueño.

onírica así obtenida me sale al encuentro en el sueño en alguna clase de combinación nueva, y a partir de la circunstancia de que significa tanto a A como a B, extraigo entonces la justificación para insertar en el lugar correspondiente de la interpretación de los sueños aquello que es común a ambos, a saber, la relación hostil hacia mí. De este modo obtengo a menudo una condensación verdaderamente extraordinaria para el contenido del sueño; puedo ahorrarme la representación directa de relaciones muy complicadas que están vinculadas a una persona, si he encontrado para esta otra que tiene el mismo derecho sobre una parte de estas relaciones. Es fácil comprender hasta qué punto esta representación mediante la identificación también puede servir para eludir la censura de la resistencia, que impone condiciones tan duras a la labor onírica. El estímulo para la censura puede radicar precisamente en aquellas representaciones que en el material están vinculadas a una persona; encuentro ahora una segunda persona que tiene asimismo relaciones con el material objeto de objeción, pero solo con una parte del mismo. El punto de contacto en ese punto no exento de censura me otorga ahora el derecho de formar una persona mixta que esté caracterizada en ambos sentidos por rasgos indiferentes. Esta persona mixta y de identificación es apta ahora, por estar libre de censura, para ser acogida en el contenido del sueño, y mediante la aplicación de la condensación onírica he satisfecho las exigencias de la censura de los sueños.

Dondequiera que en el sueño se representa también un elemento común a ambas personas, esto suele ser un indicio para buscar otro elemento común velado, cuya representación se ve imposibilitada por la censura. En cierto modo, ha tenido lugar aquí un desplazamiento respecto a lo común en pro de la representabilidad.

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