ha emitido, ciertamente, un juicio, pero no en el sueño, sino en la realidad, en una ocasión que es recordada y aprovechada por los pensamientos del sueño. El contenido del sueño se adpropia de este juicio como de cualquier otro fragmento de los pensamientos del sueño.
El número 18, con el que el juicio es vinculado de manera absurda en el sueño, conserva aún el rastro de la ilación de la cual fue arrancado el juicio real.
Finalmente, que «no esté seguro de qué año cursamos» no pretende otra cosa que imponer mi identificación con el paralítico, en cuyo examen se había presentado realmente este único punto de apoyo.
Al disolver el aparente acto de juicio del sueño, uno puede recordar la regla dada al principio para la ejecución de la labor interpretativa: que se deje a un lado la ilación de los elementos oníricos producida en el sueño por considerarla una apariencia inesencial y que se someta cada elemento onírico por separado a la reducción. El sueño es un conglomerado que, para los fines de la investigación, debe volver a desmenuzarse.
Pero, por otra parte, se advierte que en los sueños se manifiesta una fuerza psíquica que produce esta ilación aparente, es decir, que somete el material obtenido mediante la elaboración onírica a una elaboración secundaria. Tenemos aquí ante nosotros manifestaciones de aquel poder que más adelante valoraremos como el cuarto de los factores intervinientes en la formación de los sueños.
VI. Busco otros ejemplos de labor intelectual en los sueños ya comunicados. En el sueño absurdo de la carta del ayuntamiento, pregunto: ¿Poco después te casaste? Calculo que yo nací en 1856, lo cual me parece inmediatamente consecuente. Esto se reviste por completo de la forma de una conclusión. El