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nydus/The Principles of SciencePublic
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CAPÍTULO II. TÉRMINOS.

esta unidad adquirimos el poder de tratar todos los casos de dicha cualidad tal como podemos tratar a cualquiera de ellos. Poseemos, en suma, conocimiento general.

# Términos sustanciales.

Los lógicos parece que han prestado poca atención a una clase de términos que participan en ciertos aspectos del carácter de los términos abstractos y, sin embargo, son indudablemente los nombres de cosas concretas existentes. Estos términos son los nombres de sustancias, tales como el oro, el carbonato de cal, el nitrógeno, etc.

No podemos hablar de dos oros, veinte carbonatos de cal o cien nitrógenos. No existe tal distinción entre las partes de una sustancia uniforme que permita la discriminación de numerosos individuos. Las cualidades de color, brillo, maleabilidad, densidad, etc., mediante las cuales reconocemos el oro, se extienden a través de su sustancia con independencia de un tamaño o forma particulares.

En la medida en que una sustancia es oro, es una y la misma en todas partes; de modo que los términos de esta clase, que propongo llamar términos sustanciales, poseen la unidad peculiar de los términos abstractos. Sin embargo, no son abstractos; pues el oro es, por supuesto, un cuerpo tangible y visible, enteramente concreto y existente con independencia de otros cuerpos.

Solo cuando, mediante una división mecánica real, rompemos el todo uniforme que forma el significado de un término sustancial, introducimos el número. Pedazo de oro es un término susceptible de pluralidad; pues puede haber una gran cantidad de pedazos distinguidos ya sea por sus diversas formas y tamaños, o, a falta de tales marcas, por ocupar simultáneamente distintas partes del espacio. En cuanto a la sustancia son uno; en lo que respecta a las propiedades del espacio, son muchos.‍2

No necesitamos profundizar más en esta cuestión, que entraña la distinción entre unidad y pluralidad, hasta que consideremos los principios del número en un capítulo posterior.

# Términos colectivos.

Debemos distinguir claramente entre los significados colectivos y los generales de los términos. Un mismo nombre puede usarse para denotar el conjunto de todos los objetos existentes de cierto tipo, o bien cualquiera de esos objetos considerado por separado.

“Hombre” puede significar el agregado de los hombres existentes, al que a veces describimos como el género humano; también es el nombre general aplicable a cualquier hombre. El reino vegetal es el nombre de todo el agregado de plantas, pero la palabra “planta” en sí es un nombre general aplicable a cualquier planta individual.

Todo objeto material puede concebirse como divisible en partes y, por tanto, es colectivo con respecto a dichas partes. El cuerpo animal se compone de células y fibras; un cristal, de moléculas; allí donde la división física —o lo que se ha denominado partición— es posible, nos encontramos en realidad ante un todo colectivo.

Así, la mayor parte de los términos generales son al mismo tiempo colectivos respecto a cada todo individual que denotan.

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