enajenadas por dicho comprador, sino que serán, permanecerán y se considerarán propiedad única y exclusiva de dicho vendedor para disponer de ellas a su libre voluntad y gusto hasta que dicha cantidad haya sido debidamente pagada por dicho comprador a dicho vendedor en la forma aquí establecida según lo acordado en este día por el presente entre dicho vendedor, sus herederos, sucesores, fideicomisarios y cesionarios por una parte y dicho comprador, sus herederos, sucesores, fideicomisarios y cesionarios por la
―¿Eres un estricto t. t.? dice Joe.
―Sin tomar nada entre copa y copa, digo yo.
—¿Qué tal si vamos a presentar nuestros respetos a nuestro amigo? —dice Joe.
―¿Quién? digo yo. Vaya, está en el hospital de San Juan de Dios chiflado, el pobre hombre.
―¿Bebiendo de su propio brebaje? ―dice Joe.
―Hombre,